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La Fiscalía recurre la citación de Sánchez como testigo en la causa de Begoña Gómez porque "no es útil"

Poco después de que el abogado de Begoña Gómez recurriera la citación del presidente del Gobierno como testigo en la causa que investiga a su esposa, la Fiscalía ha trasladado un recurso en la misma dirección: no ve la utilidad de esta diligencia y además reprocha al juez Juan Carlos Peinado las "disfunciones" de la instrucción. Ambos escritos se han elaborado este mismo martes y ambos alegan que la testifical de Pedro Sánchez no es procedente y comparten sendas críticas al instructor, que ordenó la citación este lunes a través de un auto con errores jurídicos a la hora de aludir a varios artículos de la ley de enjuiciamiento criminal (LeCrim). 

El primer razonamiento de la Fiscalía Provincial de Madrid es que la declaración de Sánchez no es "útil", necesaria ni pertinente. El Ministerio Público deja caer, ya en el primer párrafo, que al presidente y a su esposa se le está dando un tratamiento procesal "más gravoso" que al resto de ciudadanos. Además, afea al instructor su "parquedad" a la hora de motivar la declaración y pregunta: "¿Qué se espera que declare el testigo llamado sobre la actividad atribuida a su esposa?".

El escrito subraya a lo largo de cinco folios que la diligencia ordenada "no es necesaria" y recuerda al instructor que las pesquisas practicadas hasta ahora, "de amplio espectro y escasa concreción", no han obtenido "los fines pretendidos". El Ministerio Público se remite al artículo 416 de la LeCrim, según el cual están eximidos de declarar como testigos, entre otros, los cónyuges de los investigados en un proceso penal. 

Begoña Gómez está siendo investigada por corrupción privada y por tráfico de influencias, un delito que habría cometido presuntamente en calidad de esposa del presidente del Gobierno. Por tanto, el fiscal considera "incierto" que el juez proponga la citación de Sánchez para descubrir "la posible relación de la persona investigada con una autoridad". 

En la línea del escrito presentado por la defensa de Begoña Gómez, el de la Fiscalía señala el error cometido en la providencia de Peinado, que cita dos normas que no existen (el punto 2.1 del artículo 412 de la LeCrim y el párrafo 12 del artículo 413). Estos errores, supone el fiscal, quizás se deban a "la premura con la que se dicta la resolución, premura que se pone también de manifiesto a la vista de la brevedad del lapso que media entre la resolución dictada [este lunes] y el día previsto para la declaración testifical [el próximo martes]". 

El Ministerio Público también reprocha que el juez haya omitido la posibilidad recogida en el 412 de la LeCrim, que permite al presidente del Gobierno a declarar por escrito cuando es testigo de asuntos que conoce por razón de su cargo. Al contrario, el juez Peinado ha previsto tomar declaración a Sánchez en la Moncloa por considerar que el asunto sobre el que tiene que testificar no guarda relación con su cargo. 

"Si se fuera coherente con lo manifestado, y aún mostrándonos radicalmente en contra de la diligencia, se permitiría una declaración escrita, y no se acudiría al escenario ahora planteado", zanja el escrito de la Fiscalía Provincial de Madrid.

Críticas a la imputación de otros testigos

Un escrito que contiene críticas a la instrucción de la causa más allá de la decisión de llamar a declarar a Pedro Sánchez. En los últimos días, el juez ha cambiado la situación procesal de dos testigos -el empresario Juan Carlos Barrabés y el rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache-, que ahora están imputados en la causa. Esta decisión se ha tomado "sin motivación alguna o con meras remisiones genéricas a testigos y documentos". Así lo pone de manifiesto el Ministerio Público, al que le resulta "preocupante cómo se usa y toma en consideración" la declaración testifical de estos dos testigos. 

Estos dos individuos, al ser interrogados como testigos, carecían de los derechos procesales que se le da a un investigado. En sus comparecencias tuvieron la obligación de declarar ante el juez y decir la verdad "bajo juramento", a diferencia de la investigada Begoña Gómez, que el viernes se amparó en su derecho a no prestar declaración. Ahora empeora la condición de ambos dado que no se interrumpieron sus declaraciones "en el momento en que se supone se tornaron incriminatorias". La Fiscalía, además de alegar esto último, indica que la imputación de Goyache y Barrabés no se ha justificado "debidamente". 

Redactor '20minutos'

Redactor de Tribunales y actualidad política. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, en 20minutos desde 2022.

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