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El Supremo lleva la amnistía al Constitucional con "la absoluta convicción" de que vulnera la igualdad y la seguridad jurídica

Sede Tribunal Supremo Madrid
Europa Press

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado este miércoles promover una cuestión de inconstitucional contra la ley de amnistía tras examinar el recurso de un condenado por unos desórdenes públicos agravados ocurridos durante una manifestación en Girona contra la sentencia del procés. En el escrito que será remitido al Tribunal Constitucional, el Supremo alega una posible vulneración del derecho a la igualdad ante la ley y los principios de seguridad jurídica y proscripción de la arbitrariedad. 

El pasado 10 de julio, el tribunal abrió un plazo de diez días para que las partes se pronunciaran sobre la posibilidad de llevar la amnistía al Constitucional. La Fiscalía consideró pertinente plantear la cuestión, a diferencia del condenado, según ha confirmado el alto tribunal. 

En un auto de 49 folios, la Sala de lo Penal presidida por Manuel Marchena puntualiza que el tribunal no "duda, en el genuino sentido del término" de la constitucionalidad del artículo primero de la ley, referido al ámbito objetivo de la amnistía. "Tenemos la absoluta convicción de que la norma cuestionada vulnera, al menos, dos principios constitucionales", acota el tribunal. Con todo, el Supremo acepta la posibilidad de que su criterio "no resulte decisivo", porque "es en exclusiva al Tribunal Constitucional a quien corresponde pronunciarse con eficacia al respecto". 

El Supremo concluye que "la norma cuestionada repugna al derecho constitucional a la igualdad ante la ley", porque las razones que justifican "el tratamiento discriminatorio" impuesto por la norma son "arbitrarias". Según el parecer el alto tribunal, "son los principios constitucionales y el sistema democrático mismo -no tan fácil de conseguir y preservar como la perezosa costumbre suele hacernos creer- los que están aquí en cuestión". 

La vulneración del derecho a la igualdad

La afirmación de que la ley de amnistía vulnera el derecho a la igualdad se sustenta con varios argumentos a lo largo de varios folios. El Supremo expone su postura mediante la comparación: "Los ahora acusados deberían ser amnistiados por la simple razón de que las piedras y adoquines que lanzaron contra la sede de los Juzgados de Girona se realizó con el propósito de protestar frente a la sentencia del Tribunal Supremo", la que condenó a los líderes del procés

Sin embargo, "si sus motivaciones hubieran sido diferentes", añade el Supremo poniendo como ejemplo las protestas contra los desahucios o en favor de la autodeterminación del pueblo saharaui, "deberían cumplir sus penas". La amnistía, concluye el tribunal, es un "privilegio" que se otorga "en atención a la opinión política de los afectados". 

La Sala tampoco está de acuerdo con el legislador cuando señala la necesidad de "devolver la resolución del conflicto político a los cauces de la discusión política". Y contradice este argumento al señalar que si esto resulta preciso "es solo debido a que los golpistas trataron de imponer a los demócratas, en Cataluña y en el resto de España, sus propias ideas y las consecuencias de las mismas". 

El Supremo se adentra también en la falta de arrepentimiento de los beneficiarios de la ley de amnistía. "No es exigible que renuncien a sus ideales. No es indispensable tampoco, aunque se agradeciera, que pidan perdón a quienes han aceptado siempre las reglas democráticas que todos nos dimos". Para el tribunal "es suficiente con que dejen de lanzar adoquines". Pero "nada de esto hay en la ley de amnistía", porque los "golpistas amnistiados" afirman "que lo volverán a hacer". 

Vulneración del principio de seguridad jurídica

La amnistía se establece "sin sujeción a cautelas o condiciones de ninguna naturaleza", mientras "los favorecidos por aquella" siguen "celebrando que han vencido y anunciando que lo volverán a hacer". Esto es incompatible con el principio de seguridad jurídica, tal y como se recoge en la cuestión de inconstitucional elevada por el Tribunal Supremo al órgano de garantías. Y por tanto "resiente de manera definitiva la eficacia de las normas penales". 

En lo que respecta al principio de seguridad jurídica, el alto tribunal se centra en subrayar que no hay razón que evite que otros grupos o formaciones políticas consideren en el futuro cometer nuevas infracciones penales y puedan ser amnistiados. "Estos grupos o formaciones políticas, incluso después de haber logrado a su favor un número de sufragios superior, o muy superior, al alcanzado por los secesionistas ahora amnistiados, podrían reivindicar, y pocas razones habría para negárselo, que merecen también ser amnistiados", afirma la Sala de lo Penal. 

El tribunal, incluso, se aventura a decir que si la amnistía se aplica finalmente "la aplicación de la ley penal solo será entonces segura para los tontos y para los pobres". Por último, el Supremo hace alusión a un término utilizado en la ley de amnistía para justificar la medida: "la desafección". Y acude una vez más a la palabra "demócratas" para preguntarse si, una vez se aplique la amnistía "conservarán su afección a las instituciones democráticas". 

Redactor '20minutos'

Redactor de Tribunales y actualidad política. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, en 20minutos desde 2022.

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