El TSJC tumba las Zonas de Bajas Emisiones en Hospitalet, Cornellà, Esplugues y Sant Adrià aprobadas hace cuatro años

  • Algunos municipios, como Hospitalet, tendrán que devolver cerca de 2 millones de euros a conductores multados.
Cartel que indica la entrada a la Zona de Bajas Emisiones Rondas de Barcelona.
Cartel que indica la entrada a la Zona de Bajas Emisiones Rondas de Barcelona.
Área Metropolitana de Barcelona.
Cartel que indica la entrada a la Zona de Bajas Emisiones Rondas de Barcelona.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado las ordenanzas municipales aprobadas hace cuatro años en Sant Adrià de Besòs, Hospitalet de Llobregat, Cornellà y Esplugues para regular la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) dentro de las rondas de Barcelona

Cómo hizo con la de la capital catalana, el tribunal considera que las restricciones a los vehículos más antiguos no están bastante argumentadas, según ha avanzado El Periódico y ha confirmado la ACN. Desde Hospitalet ya calculan que tendrán que devolver cerca de dos millones de euros a conductores multados mientras define una nueva ordenanza, un paso en el que también trabaja Cornellà. En Sant Adrià, en cambio, ya tienen un texto nuevo en vigor desde abril, mientras que Esplugues ha presentado recurso contra la sentencia.

De esta manera, a diferencia de Barcelona, que consiguió mantener la vigencia de su norma mientras recurrió al Supremo, Hospitalet y Cornellà permanecerán sin ZBE vigente hasta que aprueben una nueva ordenanza. Mientras gestiona el retorno de dinero a usuarios multados,  Hospitalet trabaja en la definición de una nueva ordenanza que regule las ZBE. Está previsto que esté terminada durante la primera mitad del año que viene. 

También se está gestando una nueva normativa en el Ayuntamiento de Cornellà, donde actualmente no prevén que haya que devolver multas y recuerdan que la limitación de circulación solo afectaba al barrio y al polígono Famades. En este caso, la previsión es que la nueva ordenanza esté a punto a principios del 2025.

En cuanto a Sant Adrià de Besòs, el consistorio ya se apresuró a definir un nuevo texto cuando llegó la primera sentencia contra la ZBE de Barcelona. Esta ordenanza actualizada es vigente desde hace pocos meses. En cuanto a las multas puestas en base a la normativa antigua y ahora tumbada por el TSJC, el Ayuntamiento de San Adrià no tiene calculado si tendrá que devolver alguna sanción a los conductores infractores, pero augura que el total no será una cantidad elevada, apuntan fuentes municipales a la ACN.

En el caso de Esplugues de Llobregat, el gobierno señala que han presentado un recurso al Tribunal Supremo contra la sentencia del TSJC, de forma que la ordenanza aprobada hace cuatro años seguirá vigente hasta que el alto tribunal se pronuncie.

Falta de previsión 

Los magistrados reprochan a los ayuntamientos no haber incluido en las regulaciones una valoración de como las restricciones condicionan la capacidad económica de los conductores, especialmente a los residentes en las ciudades afectadas y "colectivos" empresariales de menor capacidad económica, a la hora de tener que adquirir un vehículo con distintivo ambiental para poder circular.

También recriminan que las ordenanzas tuvieran una "falta de valoración de otras medidas" menos limitativas que la prohibición de circulación. Incluso llegan a criticar que las regulaciones locales preveían exclusiones de aplicación sin aportar "explicación sobre la razón de esta exclusión ni sobre el motivo por el cual no se extiende a otros servicios esenciales".

El TSJC no concluye que no hagan falta restricciones, pero precisa que, en una ponderación de intereses de los empresarios o residentes, las limitaciones se tienen que justificar debidamente.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento