El Supremo determina que es la Audiencia Nacional y no la Fiscalía Europea la que debe investigar el caso Koldo

Koldo García, exasesor de José Luis Ábalos en el Ministerio de Transportes.
Europa Press

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha determinado que debe ser el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno y no a la Fiscalía Europea el que investigue el caso Koldo, la supuesta trama de corrupción con epicentro en el Ministerio de Transportes por la que se habrían adjudicado de forma irregular contratos de compra de mascarillas durante la pandemia a cambio de comisiones ilegales.

El tribunal resuelve así la cuestión de competencia positiva planteada por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 y concluye que la Fiscalía Europea no es competente para investigar los hechos porque no afectan a los intereses financieros de la Unión Europea. Además, explica que en esta causa, en la que el principal imputado es Koldo García, el que fuera asesor del exministro José Luis Ábalos, podría no haber delito de malversación de caudales públicos.

En un auto notificado este viernes, el alto tribunal acuerda que en este momento debe ser la Audiencia Nacional la competente para investigar los hechos, incluidos los contratos adjudicados por los Servicios de Salud balear y canario objeto del procedimiento de la Fiscalía Europea, manteniendo esta su competencia sobre tales expedientes en lo relativo exclusivamente a la determinación de la posible comisión de un delito contra los intereses financieros de la Unión Europea.

La Sala explica que, de lo actuado hasta el momento, lo que se investiga en estas actuaciones "es la posible existencia de una organización criminal destinada a obtener de forma irregular adjudicaciones de contratos de material sanitario en distintas administraciones públicas nacionales, con o a través de la intervención y/o mediación de cargos públicos de tales administraciones, que se habrían enriquecido con su actuación, como lo habrían hecho los miembros de aquella organización", lo que podría implicar delitos de cohecho, tráfico de influencias y organización criminal. "Unos y otros, presuntamente, habrían tratado de ocultar las ganancias obtenidas a través de diversas operaciones financieras también objeto de investigación", lo que supondría delitos de blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública, añade el auto.

Tras analizar el marco en el que se creó la Fiscalía Europea y sus competencias, el tribunal señala que la génesis de este órgano es la de proteger los intereses de la UE y lo que pretende es paliar las dificultades que los órganos nacionales pueden afrontar a la hora de perseguir las infracciones que perjudican estos intereses. Se trataría, en definitiva, "de intensificar la lucha contra estas infracciones que pueden no ser lo suficientemente eficaz si se afronta desde los Estados y, especialmente, desde la fragmentación de los procesos nacionales".

Según los magistrados, cualquier interpretación que se realice del alcance de la competencia material de la Fiscalía Europea "debe partir de esta premisa: los delitos competencia de esta Fiscalía lo serán si existe ese perjuicio a los intereses financieros de la Unión y si su mejor y más eficaz persecución exige que aquella asuma su investigación y persecución".

Así, la Sala subraya que ninguna de esas condiciones se advierte en este momento en el marco de la investigación del caso Koldo y en la medida necesaria para avocar el procedimiento a la Fiscalía Europea en los hechos que se investigan en el Juzgado Central de Instrucción número 2.

El tribunal coincide con el criterio de Fiscalía del Tribunal Supremo y de la Fiscalía Anticorrupción y en su auto concluye que "en este momento" no se puede concluir que lo que se está investigando en la Audiencia Nacional sean "delitos intrínsecamente ligados al fraude de los intereses financieros de la Unión que, por su dimensión, pudiera justificar la intervención de un órgano supranacional como la Fiscalía Europea". "Tampoco que estos delitos puedan suponer una amenaza para aquéllos o para las instituciones de la Unión", explica.

"Más bien, las actuaciones practicadas parecen estar dirigidas a investigar la posible existencia de una trama de corrupción a nivel nacional que afectaría a diversas administraciones y organismos públicos, también nacionales, que debe y puede ser investigada más eficazmente por órganos de la misma naturaleza, dada su falta de conexión material con cualquier interés supranacional que pudiera justificar la intervención de un órgano de esta naturaleza como lo es la Fiscalía Europea", indica el auto.

La Sala menciona los informes policiales que constan en las actuaciones y que recogía la Fiscalía Anticorrupción en su informe, en el que resaltaba que los contratos investigados se ejecutaron, el material fue suministrado y que se pagaron unos precios inferiores a los satisfechos en otros contratos de suministro del mismo material, de manera que, indiciaria y provisionalmente, no se estaría investigando un delito de malversación.

“En definitiva, aun cuando los delitos investigados en el Juzgado Central de Instrucción sean aquéllos sobre los que la Fiscalía Europea podría asumir su investigación y persecución ex artículo 22 del Reglamento, no consta, al menos provisionalmente, la premisa previa para ello, cual es que se constate la existencia de un posible perjuicio a los intereses financieros de la Unión”, subraya la Sala.

Agrega que, "sin perjuicio de lo que finalmente pudiera resultar de la investigación, las adjudicaciones presuntamente irregulares a Puertos del Estado -por 20 millones de euros- y a la Secretaría de Estado de Seguridad -por 3.479.355 euros- pudieron ser financiadas íntegramente por fondos nacionales. Mientras que de los 12.500.000 de euros correspondientes a la adjudicación de ADIF, 10.868.867,47 euros corresponderían a fondos nacionales y 1.631.132,53 euros a fondos de la Unión”. "l curso de la investigación, dice el Supremo, determinará finalmente la cantidad y el origen de los fondos afectados.

Por otra parte, la Sala indica que la investigación que realiza el juez Ismael Moreno se encuentra en un estado avanzado y dada su evidente complejidad el cambio de competencia podría mermar su ritmo y eficacia. Además, no advierte que la Fiscalía Europea esté en una mejor posición para asumir la investigación por contar con una mayor especialidad o mejor dotación de medios materiales y humanos que la Audiencia Nacional.

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