Alerta a herederos 'despistados', puede que te haya tocado una herencia y no lo sepas

Herencia.
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Recibir una herencia de un familiar fallecido siempre supone un problema para los herederos, ya sean descendientes directos, aquellos que legítimamente tienen el derecho a cobrar, o familiares lejanos.

El proceso burocrático suele ser lento y en muchas ocasiones costoso, pero hay varios trucos para entender este procedimiento, según recoge el HuffPost.

Una de las situaciones más complicadas de abordar tiene lugar cuando la persona muere, pero nadie de su entorno es conocedor del fallecimiento. Aunque el pensamiento general es que un notario nos informaría del suceso, esto no es así.

Los propios herederos son los responsables de conocer el fallecimiento de un familiar y comenzar con los trámites burocráticos. ¿Y si ningún heredero se percata de que el familiar ha fallecido y le corresponde la herencia, qué sucede?

El ayuntamiento, tras investigar lo ocurrido, mediante el pago del impuesto del IBI, debe comunicar a la Comunidad Autónoma correspondiente el impago de dicho impuesto y sería este organismo el encargado de estudiar el caso y averiguar si existen herederos

En el caso de que el fallecido no haya dejado herederos hasta el cuarto grado (los hijos de los primos), la Comunidad se quedará con el patrimonio.

Cómo saber si eres heredero

La forma más sencilla de comprobar que un familiar ha fallecido es acudir al Registro Civil, la única fuente oficial que puede informarte de la situación.

En el Registro Civil es necesario comunicar el nombre de la persona fallecida y en muchas ocasiones otra información extra, como el DNI o la fecha de nacimiento, para facilitar su localización.

Cuando se ha confirmado el fallecimiento los herederos deben reclamar el Certificado de Últimas Voluntades, documento en el que se establece si se ha dejado un testamento por escrito y cuales han sido sus últimos deseos.

En el caso de que exista un testamento es necesario acudir al notario y pedir una copia de este, para iniciar los trámites para poder recibir la herencia.

Si no hay testamento, la herencia pasa a los herederos legales que son los descendientes directos, ascendientes, cónyuge, hermanos, sobrinos y hasta parientes de cuarto grado.

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