Internacional

Europa condena a España por limitar la indemnización por despido improcedente

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz.
EUROPA PRESS

Nuevo toque de atención de Europa a España. El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) -que forma parte del Consejo de Europa y por tanto no depende de la UE- concluye que la legislación española no ofrece suficiente protección a los trabajadores en caso de despido sin causa justificada y, por tanto, infringe la Carta Social Europea. Así responde a un reclamo presentado por UGT al respecto.

En su denuncia, UGT alegaba que la situación en España constituye una violación del artículo 24 (derecho a la protección en caso de despido) de la Carta, debido a que el mecanismo de indemnización en caso de despido sin causa justificada previsto en la legislación nacional e interpretado por la jurisprudencia interna, no permite a las víctimas de despidos sin causa justificada obtener una indemnización adecuada que cubra los daños sufridos y tenga un efecto disuasorio para los empresarios. En particular, el trabajador sólo tiene derecho a una indemnización de oficio por ley que fija un tope máximo y no tiene en cuenta el perjuicio real sufrido.

En su decisión, adoptada el 20 de marzo de 2024, el CEDS recuerda que, en virtud del artículo 24.b de la Carta, los Estados partes deben reconocer el derecho de los trabajadores cuya relación laboral haya sido rescindida sin una razón válida a una indemnización adecuada u otra reparación apropiada. Por 13 votos contra 1, el CEDS concluye que existe una violación del artículo 24.b de la Carta.

El comunicado del Comité recuerda que la Carta Social Europea es un tratado del Consejo de Europa "que garantiza los derechos sociales y económicos fundamentales como contrapartida al Convenio Europeo de Derechos Humanos", que se refiere a los derechos civiles y políticos. Garantiza ·una amplia gama de derechos humanos cotidianos relacionados con el empleo, la vivienda, la salud, la educación, la protección social y el bienestar·. La Carta se firmó en Turín el 18 de octubre de 1961 y se completó con una versión revisada en 1996.

Un protocolo de la Carta, abierto a la firma en 1995, creó un procedimiento "de quejas colectivas" que permite a las organizaciones sindicales nacionales e internacionales, a las organizaciones empresariales y a las organizaciones no gubernamentales presentar quejas sobre violaciones de la Carta.

La reacción del Gobierno no se hizo esperar y el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ha afirmado este lunes que España tiene la obligación de cumplir con la resolución marcada, y así lo hará. Buscará, dijo, "una fórmula de despido que garantice que sea disuasorio para evitar despidos por capricho y que sea consecuente con los despidos sin causa", siempre "en el marco del diálogo social".

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