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El Gobierno aprueba el delito de piratería y endurece las penas por delitos sexuales

El Consejo de Ministros aprobó este viernes un proyecto de reforma del Código Penal, que tipifica por primera vez la corrupción entre particulares y eleva las penas para los delincuentes sexuales, para quienes se prevé "un largo periodo" de libertad vigilada tras cumplir condena, medida también aplicable a los terroristas.

Así lo anunció en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, que añadió que la reforma responde a la intención del Gobierno de ser "implacable en la lucha contra la corrupción" y dar respuesta al debate social sobre el tratamiento a los delincuentes sexuales y la protección de los menores.

El proyecto de ley aprobado este viernes introduce además un nuevo delito, el de piratería, "para dar respuesta a actos ilícitos contra la navegación marítima y aérea", como ahora ha puesto de manifiesto el secuestro sufrido por el atunero español Alakrana, apresado por piratas somalíes desde el pasado 2 de octubre, aunque no será aplicable ni a este caso ni a todos los que se produzcan antes de que entre en vigor de la reforma. Habrá penas de prisión de hasta 15 años.

De la Vega, quien asumió "todas las responsabilidades" en la gestión de la crisis, afirmó sobre el secuestro del atunero que el Ejecutivo ha hecho "exactamente lo que tenía que hacer: cumplir la ley" y añadió que los jueces están actuando "sin que nadie haya puesto en duda" el cumplimiento de la legalidad.

Respecto a la libertad vigilada para terroristas y delincuentes sexuales, podrá prolongarse por un periodo de diez años. Se incluye el seguimiento telemático del delincuente, que estará siempre localizado, y la prohibición de aproximarse a sus víctimas.

Además, los delitos de asesinato terrorista no prescribirán nunca y los pederastas y los terroristas con condenas superiores a 5 años de cárcel no podrán acceder al tercer grado hasta haber cumplido la mitad de su condena.

Nuevos delitos

El texto aprobado este viernes tipifica también por primera vez como delito, entre otros, la captación de menores para espectáculos pornográficos; las labores de captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de financiación del terrorismo, el acoso laboral e inmobiliario, los sobornos y fraudes en el deporte, los ataques informáticos y el tráfico ilegal de órganos.

También por primera vez se prevé una sanción penal para el cliente de la prostitución cuando la relación sexual se practique con menores o con personas que no puedan decidir por sí mismas. Los casos de acoso laboral o inmobiliario conllevarán una pena de hasta tres años de cárcel.

Se endurecen también las penas por abusos a menores, que llegarán a los 15 años de prisión, y se introduce la posibilidad de que se prive de la patria potestad a los padres para proteger al menor.

El nuevo delito de tráfico de órganos será aplicable tanto a quien promueva, favorezca, facilite o publicite su obtención como al receptor que, conociendo el origen ilícito del mismo, consienta en la realización del trasplante.

Lucha contra la corrupción

La reforma tipifica como delito el cohecho entre particulares y refuerza la lucha contra la corrupción en el sector privado, para castigar los actos encaminados a corromper a los administradores de empresas.

Además, se elevan las penas y los plazos de prescripción, para evitar la impunidad, y se tipifican las conductas más graves de corrupción en el deporte, como los sobornos a jugadores o árbitros encaminados a alterar el resultado de una competición. Las obras ilegales y las autoridades que las amparen serán castigadas con hasta cuatro años de cárcel.