Una portavoz de la OCU explica en 'EP' qué pueden cobrar y qué no los restaurantes: el coste por el cubierto y el servicio es ilegal

La portavoz ha hablado en 'Espejo público'.
La portavoz ha hablado en 'Espejo público'.
ATRESMEDIA
La portavoz ha hablado en 'Espejo público'.

Ir a un restaurante a disfrutar de una comida o una cena es uno de los placeres más comunes de los ciudadanos. Sin embargo, la sorpresa puede llegar cuando traen la cuenta y, al revisarla, hay ciertos conceptos con los que no contábamos.

A través de las redes sociales, los usuarios han denunciado que algunos establecimientos les habían cobrado por el cubierto o el servicio en mesa. Por ello, Espejo público ha contado este viernes con Eztizen Gregorio, portavoz de la OCU, que ha explicado qué nos pueden cobrar legalmente y qué no.

La portavoz ha señalado que no es legal cobrar ni por el cubierto ni por el servicio en mesa y que, si esto se produce, el consumidor debe poner una reclamación al establecimiento. Sin embargo, Eztizen ha recalcado que sí es legal cobrar por el pan, el hielo o el servicio en terraza, siempre que esto venga especificado en la carta.

"El tiempo máximo y el consumo mínimo sí son legales", ha señalado la portavoz de la OCU, aunque ha recordado que el consumidor debe conocer estas condiciones antes de ordenar la comanda. Además, Eztizen ha agregado que el mayor problema de estos sobrecostes ilegales es el "desconocimiento de los clientes".

Finalmente, la experta ha añadido que, por ley, los establecimientos deben servir agua del grifo de manera completamente gratuita: "Si no tienen jarras, tendrán que llevar vasos para todos los comensales que lo pidan".

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