Desempleo

¿Cuál es la cuantía de la prestación por cese de actividad para autónomos?

Cese de actividad
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Cese de actividad

Cuando un autónomo toma la decisión de cerrar su negocio, debe saber que la Seguridad Social permite solicitar la prestación por cese de actividad, al que popularmente se le conoce como “el paro de los autónomos”. Se trata de una ayuda que reciben los trabajadores por cuenta propia cuando llega a su fin la actividad por la cual se dieron de alta en el RETA. Desde el año 2019, estos profesionales están obligados a cotizar por cese de actividad.

Asimismo, es necesario recalcar que, según lo establecido por el artículo 327 de la Ley General de la Seguridad Social tras su última modificación, es posible acceder a la prestación en casos de cierre temporal.

Para poder acceder a su solicitud se debe cumplir con una serie de requisitos, debiendo encontrarse afiliado y en situación de alta en el RETA o equivalente, además de contar con al menos doce meses de cotización por cese de actividad, debiendo estar estos comprendidos en los dos años previos e inmediatos a la situación.

También hay que encontrarse en situación legal de cese de actividad y probar la disponibilidad para la reincorporación al mercado, además de no alcanzar la edad ordinaria que cause derecho a la pensión contributiva de jubilación en el caso de que se trate de un cese definitivo. De igual modo, se requiere estar al día en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.

Las personas autónomas pueden solicitar el cese de actividad cuando se produce un cese temporal o definitivo por motivos económicos, productivos, técnicos u organizativos. De esta manera se podrá solicitar cuando se cierra o transfiere un negocio y si se han tenido pérdidas de más de un 10% de los ingresos obtenidos; cuando se producen ejecuciones administrativas o judiciales cuando se tengan deudas superiores al 30% de los ingresos del ejercicio anterior; si hay una declaración judicial que impida seguir con la actividad o cuando se deba cerrar el negocio por fuerza mayor.

¿Cuánto se cobra con la prestación por cese de actividad para autónomos?

En lo que respecta a la cuantía de la prestación por cese de actividad para autónomos, hay que tener en cuenta que esta supone el 70% de la base reguladora calculada según el promedio de las bases por las que el profesional por cuenta propia haya cotizado durante los doce meses anteriores.

Este porcentaje ascenderá a un mínimo del 80% del IPREM si no tiene hijos o hijas a su cargo, y a un 107% si los tiene. La cuantía máxima será del 175% del IPREM, mientras que si se tiene un hijo/a a cargo la cuantía asciende al 200% y, con dos o más hijos a cargo, el máximo crecerá hasta el 225%.

La prestación por cese de actividad se suspenderá por imposición de sanción, por realizar un trabajo durante doce meses o más, ya sea por cuenta propia o ajena, o por agotamiento del plazo de duración de la presentación.

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