Buenas noticias para los contribuyentes que esta campaña de la declaración de la Renta, correspondiente al ejercicio de 2022, les ha salido a devolver, esto es, que la Agencia Tributaria está obligada a devolver el importe que corresponda en cada caso. Desde ayer lunes, 17 de abril, Hacienda ya ha comenzado a hacer las primeras transferencias para quienes fueron los primeros en presentar el borrador.
Cabe recordar que este año de 2023 la Administración Estatal de la Agencia Tributaria arrancó el ejercicio fiscal sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) el 11 de abril por internet. Asimismo, entre las novedades a destacar, decir que la (AEAT) dispone de distintos servicios de ayuda para asistir a los contribuyentes en el cumplimiento de esta obligación.
Desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio, Hacienda podrá realizar la Renta por teléfono, mientras que a partir del 1 de junio, también se podrá hacer de forma presencial en sus oficinas. En el caso de que se opte por esta vía, recordar que la solicitud de cita desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio.
¿Cuánto tarda en pagar Hacienda si la declaración te sale a devolver?
Lo cierto es que la Agencia Tributaria no fija unos días específicos para realizar el ingreso de la devolución de la declaración de la Renta, sin embargo, debe cumplir un plazo de tiempo. En otro caso, conlleva intereses de demora. El periodo estipulado es de seis meses desde que acaba el ejercicio fiscal que, recordemos, este año termina el 30 de junio de 2023.
En resumen, y como máximo, los contribuyentes tendrán que esperar hasta el próximo 31 de diciembre para abonar el importe a devolver. Ahora bien, lo normal en estos casos es que no haya que esperar hasta diciembre para recibir la transferencia, si no que Hacienda puede realizar el ingreso antes de la fecha. En resumidas cuentas, cuanto antes se presente, antes se recibirá el importe.
❗️Actualización del aviso de seguridad para evitar intentos de fraude suplantando la identidad de la Agencia Tributaria por SMS, correo electrónico o cualquier otra vía aprovechando el comienzo de la campaña de Renta 2022➡️https://t.co/DMXqWt8p0x
— Soporte Técnico AEAT (@informaticaaeat) April 12, 2023
Cómo comprobar el estado de mi solicitud
Las personas que ya hayan completado su solicitud de devolución pueden comprobar el estado del trámite a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en la que pueden usar su certificado electrónico, DNIE, Clave PIN o número de referencia para acceder al apartado "Mis expedientes", y, a continuación, hacer clic en "Estado de Tramitación", donde aparecerá la información que busca.
Hacienda incluye los intereses de demora en el borrador del IRPF
En el caso de que la Agencia Tributaria no cumpla con los cómputos establecidos en el calendario fiscal, deberá abonar a los contribuyentes la cuantía que le corresponda más los intereses de demora que se establecen cada año en los Presupuestos Generales del Estado (PGE). En 2023, corresponden al 4,0625% del total de la cuantía a deber.
Para entenderlo mejor, a continuación se muestra un ejemplo práctico. Si Hacienda tiene la obligación de devolver al contribuyente 1.000 euros, y una vez pasado el 31 de diciembre, aún no ha procedido, la cuantía a devolver en total asciende a 1040,60 euros. Esto es, una diferencia de 40,60 euros más.
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