En la jubilación

En paro y sin subsidio: así afectan las lagunas de cotización a la pensión

Una jubilada.
Una jubilada.
Imagen de shurkin_son en Freepik.
Una jubilada.

Hacía un lustro que no ocurría, pero los datos del pasado martes confirmaron los peores presagios: España volvía a superar la barrera de los cuatro millones de parados, después de que en febrero el número de desempleados se incrementase en 44.436 personas más. A esto se añade que 900.000 trabajadores continúan afectados por un ERTE

Estas son, grosso modo, las cifras de un mercado laboral severamente dañado por la pandemia y que por ende tiene también incidencia en las pensiones. Y es que la situación de desempleo además de todo lo que conlleva (pérdida de trabajo, salario, reducción de ingresos...) perjudica la cotización de años trabajados, lo que mermará la pensión de jubilación. Recordemos que para acceder a la prestación máxima en el momento de retiro es requisito indispensable haber cumplido los 65 años y tener más de 37 cotizados. 

Eso sí, hay que tener en cuenta que si un trabajador en situación de desempleo recibe la prestación contributiva o cese por actividad, sí que seguirá cotizando para la jubilación por una base que será el promedio de las bases de cotización en los últimos seis meses de ocupación. 

Es decir, el mayor peligro se da cuando a una persona se le agota o pierde la prestación o el subsidio por desempleo y, por tanto, deja de estar cotizando a la Seguridad Social. En estos supuestos es cuando se estará generando lo que ese conoce como lagunas de cotización. Situación que incidirá aún más en el momento de retiro cuando estos momentos tienen lugar dentro del periodo de años que se utiliza para el cálculo de la pensión de jubilación. 

Para paliar los efectos negativos de esas lagunas, la normativa relativa al régimen general de la Seguridad Social prevé unas reglas de integración de esas lagunas de cotización, según explica en su portal dedicado a la jubilación el banco BBVA. Dicho de un modo más sencillo, los periodos sin cotizar se integrarán en unas cotizaciones ficticias de la siguiente forma:

  • Los primeros 48 meses sin cotizar se integran con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento. 
  • Si hay más de 48 meses se integrará con el 50% de dicha base mínima. 
  • A los que se aplique la Ley 27/2011*, las lagunas de cotización se integran con la base mínima de cotización vigente en cada momento.

*Hasta 2013, la base reguladora se calculaba con las bases de cotización de los últimos 15 años. Esto sigue vigente de forma excepcional para aquellos a los que se aplique la legislación anterior a la reforma de las pensiones.

Cómo seguir cotizando sin trabajar

Para evitar las lagunas de cotización, aquellos trabajadores que han perdido un empleo y no tienen opción a cotizar porque no reciben ninguna prestación tienen la opción de acogerse a los convenios especiales con la Seguridad Social. 

Se trata de acuerdos suscritos de forma voluntaria por los trabajadores con la Seguridad Social para poder generar, mantener o ampliar el derecho a prestaciones de la Seguridad Social. Eso sí, es importante destacar que el interesado tiene, en estos casos, la obligación de pagar las cuotas a la S.S. Por poner un ejemplo, un trabajador de 55 años que esté en el paro, puede suscribir un convenio con la Seguridad Social y seguir cotizando para que, cuando llegue la jubilación, le cuente como años trabajados.

¿Y si recibo el subsidio para mayores de 52 años? 

El SEPE mantiene la cotización por jubilación si el trabajador percibe un subsidio para personas trabajadoras mayores de 52 años o para trabajadores fijos discontinuos que también superan esa edad. La base de cotización por jubilación en los dos casos anteriores, es el 125% del tope mínimo de cotización a la Seguridad Social vigente en cada momento.

Las cotizaciones de esta ayuda solo tiene efectos para el cálculo de la base reguladora y del porcentaje aplicable, pero no en relación al período de carencia. Esto implica un efecto positivo para el cálculo de lo que se va a cobrar de jubilación.

Por el contrario, como ocurre con el resto de subsidios, no cotiza por el resto de contingencias, como por ejemplo, por desempleo. Esto implica que el periodo no suma para generar derecho a otras prestaciones o ayudas. Tampoco se cotiza por el resto de contingencias, ni comunes ni profesionales, ni formación profesional ni fondo de garantía salarial.

Sandra Sánchez
Responsable SEO - Desarrollo de Audiencias

Licenciada en Periodismo, especializada en SEO y Marketing Digital. Empecé mi etapa laboral en Europa Press, Cadena SER y Gestiona Radio. Más tarde, estudié un máster en Periodismo de Datos que me llevó a ser colaboradora freelance en Xataka. Y ese fue el punto de inflexión que me hizo decantarme por unir la parte analítica y de código, con el lado editorial de periodismo. Tras un breve paso por el mundo de agencias como SEO/SEM, volví a los medios de comunicación, con primera parada en Vozpópuli y, ahora, en La Información como Responsable SEO.

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