Impuestos

¿Por qué los autónomos deben abonar el IVA a Hacienda aunque el cliente no pague?

Los trabajadores por cuenta propia están obligados a pagar el IVA a la Agencia Tributaria repercutido en las facturas a pesar de que sus clientes no hayan efectuado el pago correspondiente.
¿Por qué los autónomos deben abonar el IVA a Hacienda aunque el cliente no pague?
¿Por qué los autónomos deben abonar el IVA a Hacienda aunque el cliente no pague?
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¿Por qué los autónomos deben abonar el IVA a Hacienda aunque el cliente no pague?

Es frecuente que los autónomos se encuentren con situaciones en las que pagan el IVA de las facturas, a pesar de que los clientes aún no les hayan hecho el abono de las mismas. Sin embargo, en España Hacienda permite actualmente reclamar el impago de una factura a través de distintos medios para que sea incobrable y se encuentre sujeta a la devolución del IVA. Este es un gran avance con respecto a lo sucedido en el pasado, cuando era necesario un requerimiento notarial o dar comienzo a una reclamación judicial.

Desde el día 1 de enero, Hacienda ha ampliado las formas de requerir a un deudor el pago de facturas para solicitar la devolución del IVA, permitiendo reclamar un pago vía correo electrónico o burofax. Así, los profesionales por cuenta propia pueden evitar trámites costosos y complejos.

Para justificar la devolución del IVA tras la reclamación del pago a los deudores, los autónomos deben utilizar medios que les permitan demostrar que la reclamación efectuada se ha realizado de una forma efectiva. De cara a poder solicitar la devolución del IVA a Hacienda, se deben cumplir dos requisitos: que la base imponible sea superior a 50 euros y que no hayan pasado más de 6 meses desde que se consideró que era incobrable el crédito.

El autónomo puede acreditar haber instado al cobro del crédito mediante requerimiento notarial, reclamación judicial al deudor u otro medio que pueda acreditar de forma fehaciente la reclamación del cobro al deudor.

Todos estos medios deben acreditar el contenido de la reclamación, detalles de la deuda pendiente (fecha, vencimiento o concepto), identidad del remitente y del deudor, y la fecha de entrega.

Por lo general, las deudas entre profesionales y particulares prescriben una vez pasados cinco años desde la fecha en la que la obligación debió cumplirse, si bien en algunos profesionales liberales, como arquitectos o abogados, el plazo de prescripción se reduce y se cifra en tres años.

¿Por qué los autónomos tienen que pagar el IVA aunque el cliente no les pague?

Los profesionales por cuenta propia se encuentran con la obligación de pagar el IVA repercutido de las facturas emitidas, con independencia de que los clientes no hayan efectuado el correspondiente pago de las mismas y, por tanto, se encuentren pendientes de pago.

Sin embargo, en aquellos casos en los que un cliente no realice un pago, el autónomo debe hacer la reclamación del impago para que así la factura pueda considerarse incobrable, ya que solo en ese caso se podrá solicitar la devolución del IVA que corresponda.

Se trata, por lo tanto, de un proceso clave para que los profesionales por cuenta propia puedan llegar a recuperar el IVA de aquellas facturas que, aunque han sido emitidas y por ellas se ha repercutido el impuesto, finalmente no han sido abonadas por parte de sus clientes.

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