Finanzas personales

¿Qué información tiene Hacienda sobre mis cuentas bancarias?

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Son muchos los ciudadanos que se preguntan sobre la información que tiene Hacienda sobre sus cuentas bancarias, ya que se es consciente de que la Agencia Tributaria vigila los movimientos de dinero en efectivo o por transferencia. Sin embargo, y dado que tiene unos límites, conviene conocer cuál es la información de la que dispone.

En este sentido, conviene saber que Hacienda solicita a los bancos informes de las cuentas bancarias de forma anual, con información acerca del saldo y la entrada y salida de dinero. Además, para ciertas operaciones, la propia persona o la entidad bancaria deberá enviar declaraciones específicas a la Agencia Tributaria, como sucede cuando se supera una determinada cantidad de dinero. Esta información es solicitada para un mejor control del fraude financiero y para el ajuste de la declaración de la Renta de los contribuyentes.

De esta manera, los bancos hacen llegar a Hacienda la suma agregada de ingresos y salidas de dinero a lo largo del año, pero no comunican cada uno de los pagos, cobros, retiradas o ingresos que se han realizado en el mismo. No obstante, dado el caso de que la Agencia Tributaria estuviese investigando a una persona, podrá solicitar esta información adicional.

¿Qué operaciones deben ser notificadas a Hacienda?

Por la ley de prevención de blanqueo de capitales, las personas tienen que realizar una declaración previa en determinadas situaciones, como cuando se trata de un movimiento de una salida o entrada de España de dinero por valor de 10.000 euros o más o su contravalor en otra moneda, afectando tanto a dinero en efectivo como a tarjetas prepago, cheques, oro, metales preciosos…. Y también habrá que hacerlo si se trata de movimientos dentro de España por importe de 100.000 euros o más, o su contravalor en otra moneda.

Por su parte, la entidad bancaria tiene la obligación de enviar información acerca de las cuentas bancarias de sus clientes cuando se dan una serie de operaciones. De esta forma, la AEAT recibe información anual sobre los ingresos y retiradas de dinero en efectivo y cobros superiores a 3.000 euros, así como los préstamos y créditos con saldo superior a 6.000 euros a 31 de diciembre, así como aquellas operaciones financieras que guarden relación con inmuebles, como las hipotecas.

Además, también informará de las operaciones con cheques que hayan sido extendidos por un importe de más de 3.005,06 euros cuando se abone en efectivo. De igual modo, Hacienda tiene la potestad de poder solicitar a los bancos información acerca de todas las operaciones de una cuenta bancaria de un cliente, con independencia de la cantidad.

Más allá de las mencionadas, hay otras actividades económicas que están sometidas a control por parte de la Agencia Tributaria, como son las inversiones mobiliarias como acciones o participaciones en fondos de inversión (independientemente de su valor), las inversiones en criptomonedas, los cobros con tarjetas de débito y crédito por encima de 3.000 euros netos en el caso de los autónomos, o los seguros de vida contratados o rentas recibidas como beneficiarios.

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