Sentencia europea

La sentencia del TJUE del modelo 720 costará hasta 230 millones a Hacienda

María Jesús Montero
La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero.
Europa Press
María Jesús Montero

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) conocida este jueves costará un máximo de 230 millones de euros a Hacienda. Esta es la cuantía total de las sanciones impuestas por España a contribuyentes que no declararon correctamente sus bienes en el extranjero a través del modelo 720. No obstante, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha afirmado que "se revisará la letra pequeña" del dictamen para conocer a "cuántas sanciones afecta" y por lo tanto, el coste final se conocerá "más adelante". Desde Hacienda, estiman que 60.000 contribuyentes son los que presentan este modelo.

La ministra se ha comprometido a "revisar" los plazos y las sanciones para adecuarlo a la sentencia y a hacerlo antes de que cumpla el plazo, el 31 de marzo. La titular de Hacienda ha recordado que el modelo sigue en vigor y que aquellos residentes en España con inmuebles, cuentas, seguros o rentas superiores a los 50.000 euros en el extranjero están obligados a presentarlo en los tres primeros meses del año. Montero descarta cambiar el modelo, aunque sí se actualizarán los plazos de prescripción y los modelos de sanción, dos de los aspectos que considera la sentencia en los que España "incumple" sus obligaciones. 

Desde 2012, el patrimonio declarado por los contribuyentes que presentan este modelo es de unos 225.220 millones de euros, según datos del Ministerio de Hacienda. En los últimos años, ha dicho la ministra, no se ha impuesto prácticamente ninguna sanción y es que este modelo ya fue denunciado por la Comisión Europea en 2017 y el ministerio "venía siguiendo atentamente" las deliberaciones europeas. El Tribunal considera que el modelo 720 de Hacienda, por el que se gravan bienes y derechos situados en el extranjero "establece una diferencia de trato entre los residentes en España". Además, defiende que "esta obligación puede disuadir a los residentes de ese Estado miembro de invertir en otros Estados miembros". Por otra parte, considera que en el modelo español, "las opciones elegidas en materia de prescripción son desproporcionadas

El Tribunal señala que "la normativa adoptada por el legislador español, además de producir un efecto de imprescriptibilidad, permite también a la Administración tributaria cuestionar una prescripción ya consumada en favor del contribuyente, lo que vulnera la exigencia fundamental de seguridad jurídica. Previsiblemente, tras la revisión de Montero, el modelo incluirá un plazo de prescripción para errores u omisiones en la declaración.

La multa por no informar correctamente de los bienes y derechos situados en el extranjero es del 150% del impuesto calculado sobre las cantidades correspondientes al valor de los derechos poseídos. Esta cifra puede acumularse con multas de cuantía fija que se aplican por cada dato omitido, incompleto o inexacto que deba incluirse en dicho modelo. Ante estas sanciones, la Justicia europea considera que esta multa "le confiere un carácter extremadamente represivo y que su acumulación con las multas de cuantía fija previstas adicionalmente puede dar lugar, en muchos casos, a que el importe total de las cantidades adeudadas por el contribuyente supere el 100% del valor de sus bienes o derechos en el extranjero. Ello constituye un menoscabo desproporcionado de la libre circulación de capitales".

También en relación a estas multas, el TJUE declara que España ha incumplido sus obligaciones al sancionar el incumplimiento o cumplimiento imperfecto con sanciones fijas "cuyo importe no guarda proporción alguna con las sanciones previstas en infracciones similares en un contexto puramente nacional". Se trata de sanciones de 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos omitido, incompleto, inexacto o falso, con un mínimo de 10.000 euros. Además, se multa con 100 euros por cada conjunto de datos declarado fuera de plazo o no declarado por medios electrónicos, cuando existía la obligación de hacerlo, con un mínimo de 1.500 euros.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento