Cómo darse de baja como autónomo: pasos a seguir

Si tras un tiempo como profesional por cuenta propia se decide que es el momento de dejar de ser autónomo, conviene seguir una serie de pasos para darse de baja. Así puedes hacerlo.
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Autónomo
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Ser un profesional autónomo en España no es nada sencillo, ya que habitualmente supone tener que lidiar con diferentes problemas que van surgiendo a lo largo del tiempo. Es por ello por lo que hay profesionales por cuenta propia que deciden, llegado el momento, que es hora de darse de baja como trabajador por cuenta propia, un proceso que necesita tener en cuenta una serie de requisitos y pasos.

Para poder darse de baja como autónomo, lo primero que se debe hacer es verificar que no se tienen deudas con la Administración Pública, ya que, si las hubiese, no se podría dar inicio al proceso. Si se quiere acceder a la prestación por cese de actividad y se ha cotizado como mínimo durante un año, se deberá justificar con razones económicas la baja como autónomo, dado que, si no las hubiera, no se podría optar a esta ayuda.

Por otro lado, si se es un profesional por cuenta propia y, simultáneamente, administrador de una sociedad, se debe redactar un documento público en el que se expliquen los motivos por los que se solicita la baja como autónomo. En caso contrario, el proceso podría no finalizar con éxito o, ni siquiera, comenzar.

Cómo darse de baja como autónomo

Como sucede a la hora de darse de alta, para darse de baja como autónomo, hay que hacerlo tanto en Hacienda como en la Seguridad Social. Para hacerlo en la Seguridad Social se podrá realizar tanto en una de sus oficinas, entregado, cumplimentado, el modelo TA.0521, o bien hacerlo online a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. En este caso, habrá que acceder al apartado “Ciudadanos”, para luego dirigirse a “Afiliación, Inscripción y Modificaciones”, y desplegar la opción “Baja de trabajador autónomo”, para así dar inicio al proceso, rellenando el mismo modelo y enviándolo al organismo.

Para darse de baja como profesional por cuenta propia se dispone de tres días desde que finaliza la actividad. Si se solicita, pero aún se está “en activo”, el plazo es mayor, de hasta 60 días antes del cese de la actividad. Un autónomo puede darse de baja en la fecha que indique como máximo tres veces al año.

De cara a darse de baja en Hacienda, el procedimiento a seguir es similar, pudiendo desplazarse a una oficina de la Agencia Tributaria para rellenar y entregar el modelo 036 o modelo 037 (versión simplificada del 036), o bien hacer el proceso a través de internet con el uso de certificado digital.

Para ello hay que acceder a la página web de la AEAT, para acceder a “Todas las gestiones” y, posteriormente, a “Censos, NIF y domicilio fiscal”, pulsando seguidamente en “Censos”. Allí se encontrarán los mencionados modelos a rellenar para solicitar la baja como autónomo, atendiendo especialmente a la casilla 152, que corresponde con la fecha del cese de actividad. Una vez que se cumplimente, se enviará.

Una vez efectuada la solicitud de la baja como autónomo, no hay que olvidarse de abonar los pagos que están pendientes con Hacienda. Por ejemplo, si la baja tiene lugar en febrero, se debe presentar la liquidación de ese trimestre del IVA y el IRPF, así como la anual.

Asimismo, es importante que antes de darse de baja en Hacienda se revise si se está dado de alta en más de un epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), puesto que en ese caso habrá que tramitar la baja de forma individual en cada uno de ellos.

Sobre la baja como profesional por cuenta propia en Hacienda, y a diferencia de lo que sucede en la Seguridad Social, se dispone de un plazo de 30 días desde el cese de la actividad para darse de baja.

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