Contratos de trabajo

Contrato de relevo: qué es y cuál es su papel en la jubilación parcial

Un contrato de relevo es el firmado con un trabajador que se encargará de cubrir parte de la jornada laboral de otro que acceda a una jubilación parcial.
Imagen de archivo de una persona firmando un contrato
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Imagen de archivo de una persona firmando un contrato

En el mundo laboral en España tiene gran importancia el contrato de relevo, que es el contrato firmado con un trabajador para que sea quién cubra la parte de la jornada laboral de un empleado que accede a la jubilación parcial. Esta modalidad tiene una serie de características y unos requisitos que deben ser cumplidas tanto por la empresa como por el empleado que se jubila de forma parcial.

Para empezar, una empresa puede firmar un contrato de relevo en aquellos casos en los que uno de sus trabajadores quiera jubilarse parcialmente. El nuevo trabajador que se incorpore a la plantilla con este contrato será el encargado de desempeñar la labor profesional que deja de llevar a cabo el empleado que accede a la jubilación parcial durante parte de su jornada laboral.

Este puesto de trabajo que realizará el empleado relevista puede ser idéntico al que ocupaba el trabajador relevado, o como mínimo, deberá existir una correspondencia entre la base de cotización del relevista y el relevado.

Cuando un trabajador cumple con los requisitos para acceder a la jubilación parcial, la empresa tiene la posibilidad de contratar a otra mediante un contrato de relevo. La reducción de la jornada del primero debe situarse entre un 25% y un 50%, aunque en algunos casos la reducción incluso puede llegar a alcanzar el 75% de la jornada. El contrato de la persona que accede para relevar a otra puede ser concertado a tiempo parcial o completo, pero en todo caso, la jornada debe ser de al menos la fracción de tiempo que deja de realizar el empleado jubilado parcialmente.

Requisitos y condiciones de un contrato de relevo

A un contrato de relevo pueden acceder personas desempleadas y otros trabajadores ya empleados en la empresa con un contrato temporal. Por su parte, el trabajador que realiza la solicitud para trabajar parcialmente, debe contar con un contrato a jornada completa y haber cotizado al menos 33 años a la seguridad social, así como disponer de una antigüedad en la empresa de al menos seis años.

De forma general, el contrato de relevo se firma con duración indefinida, o al menos por el tiempo que le reste al empleado jubilado parcialmente para alcanzar su edad de jubilación ordinaria. No obstante, hay dos excepciones, la primera de ellas cuando el empleado jubilado de forma parcial reduce su jornada en un 75%, cuando el contrato de relevo debe ser a jornada completa e indefinido (o con un mínimo de dos años, más el tiempo que le reste al relevado para alcanzar la edad de jubilación ordinaria).

Además, cuando el empleado jubilado parcialmente lo hace tras cumplir la edad ordinaria de jubilación, el contrato se puede firmar con una duración indefinida o anual, renovándose año a año hasta que el empleado relevado se jubile totalmente.

En lo que respecta a las condiciones laborales, más allá de tener claro que el contrato de relevo se puede firmar a jornada completa o parcial y con carácter indefinido o duración determinada, se debe tener en cuenta que el sueldo base debe ser el mismo. Si el puesto de trabajo no es el mismo entre el relevista y el relevado, deberá existir una correspondencia entre las bases de cotización de ambos, de forma que la base de cotización del relevista no puede encontrarse por debajo del 65% de la media de las bases de cotización de los últimos 6 meses del empleado relevado.

En lo que respecta a su jornada laboral, el relevista puede completar la jornada del trabajador jubilado parcialmente, o ambos simultanear la jornada laboral.

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