Estos son los requisitos para acceder al bono social eléctrico y sus beneficios

Precio de la electricidad
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L.I.
Precio de la electricidad

El pasado mes de octubre el Gobierno aprobó un Real Decreto con el que entró en vigor un conjunto de modificaciones del bono social eléctrico, vigente desde 2017. En concreto, amplió los descuentos, los criterios de renta para acceder al bono, ahora solo se tienen en cuenta criterios económicos, y la extensión de la prórroga para renovar el antiguo. A continuación repasamos cuáles son los requisitos actuales y qué beneficios pueden obtener quienes los cumplan.

El bono social es un descuento en la factura eléctrica que busca proteger a determinados colectivos considerados vulnerables, por su condición económica o social. En concreto, el descuento se aplica sobre el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) a un límite máximo de energía en el período de facturación, por lo que el primer requisito que se debe cumplir es tener contratado el PVPC en la vivienda habitual.

El contrato eléctrico PVPC es establecido por el Gobierno y quienes lo tienen pagan la energía consumida directamente al “precio de la energía que resulta del mercado, más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales”. Eso sí, para poder contratarlo hay que tener una potencia contratada igual o inferior a 10kW.

A su vez, quienes tengan este contrato deben cumplir una serie de condiciones personales, de renta y familiares que determinarán qué descuento van a obtener. En función de estas características, los solicitantes del bono se clasificarán en “consumidor vulnerable”, “consumidor vulnerable severo” o “consumidor vulnerable en riesgo de exclusión social”.

Consumidor vulnerable

De manera, se considerarán consumidores vulnerables todas las familias cuya renta conjunta sea igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas ( 11.279€), 2 veces (15.039€), en caso de que haya un menor en la unidad familiar, o 2,5 veces (18.799€), si hay dos menores.

Además, también se incluyen en el grupo familias que cumplen circunstancias especiales: todas las familias numerosas, sin excepción, y cuando todos los miembros de la unidad familiar que tienen ingresos en la unidad familiar sean pensionistas, por jubilación o incapacidad permanente, del Sistema de la Seguridad Social y reciban por ello la cuantía mínima vigente en cada momento u otros ingresos que no superen los 500 euros.

Quienes cumplan todos los requisitos establecidos para ser considerado consumidor vulnerable se beneficia de un 25% de descuento en la factura eléctrica.

Consumidor vulnerable severo

Los consumidores considerados “vulnerables severos” disfrutan de un 40% de descuento en la factura eléctrica. Para beneficiarse de ello deben alguno de los siguientes requisitos:

- Tener una renta anual igual o inferior al 50% de los umbrales establecidos para ser considerado “consumidor vulnerable”, también en el caso de quienes cumplan las circunstancias especiales.

- En el caso de familia numerosa, la unidad familiar debe percibir una renta anual igual o inferior a 2 veces el IPREM de 14 pagas (15.039€).

- Si la unidad familiar solo recibe ingresos procedentes de pensiones mínimas, sin que la cuantía agregada anual supere los 500 euros, se considerará “vulnerable severo” cuando la renta anual sea igual o inferior al IPREM (7.520€).

Consumidor en Riesgo de exclusión social

Quienes sean considerados “consumidores vulnerables severos” y, además, sean atendidos por los servicios sociales de una Administración Pública que financie al menos el 50% del importe de la factura a PVPC será considerado “consumidor en riesgo de exclusión social”. En estos casos, la empresa suministradora de energía no podrá interrumpir el suministro eléctrico en caso de impago.

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