Aumento histórico

Hoy se cobra el paro y el subsidio tras su alza: estas son las nuevas cuantías

Hoy se cobra el paro y el subsidio tras su alza: estas son las nuevas cuantías
¿Cuándo se cobra el paro en enero de 2023?
Europa Press
Hoy se cobra el paro y el subsidio tras su alza: estas son las nuevas cuantías

¿Cuándo se cobra el paro en enero de 2023? Esta es una de las preguntas que más se repite cada mes, sin embargo, este primer mes del año viene cargado de novedades para los beneficiarios de la prestación por desempleo y el subsidio por insuficiencia de cotización. Y es que, hoy martes, 10 de enero, comienzan a cobrarse las nuevas cuantías tras el alza impulsada desde el seno del Gobierno de España. Un incremento que ya estaba contemplado en los nuevos Presupuestos Generales del Estado y que comienza a funcionar justo ahora. 

Pues bien, lo primero que hay que saber es que al igual que ocurre con el subsidio por desempleo, ambas ayudas se suelen cobrar entre los días 10 y 15 de cada mes. "El pago de prestaciones por parte del SEPE se produce el día 10 o, si es festivo, el siguiente día hábil de cada mes". Así lo confirma el SEPE a través de su página web. No obstante, algunas entidades bancarias adelantan el pago a sus clientes entre los días 5 y 10, aunque se produce a criterio de las propias entidades. Este es el caso, por poner varios ejemplos concretos, de bancos como Santander, BBVA, Sabadell, CaixaBank, Bankinter, Cajamar o Unicaja.

Por otro lado, en el caso de que se haya trabajado más de tres meses y menos de un año, las personas paradas en búsqueda activa de empleo pueden solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización de hasta 21 meses de duración. En este caso, pasa de los 463,21 euros a los 480 euros al mes. En cuanto a su duración, dependerá del número de meses que se hallan cotizado, por lo que esta ayuda durará 3, 4 o 5 meses, si se ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente. Ahora bien, en el caso de que se cuente con responsabilidades familiares, podría alargarse hasta los 21 meses, si ha cotizado 6 o más meses y se puede prorrogar por períodos de 6 meses hasta su duración final.

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Justo en este sentido, la cuantía mínima del paro sube a los 560 euros mensuales en el caso de que no se tengan hijos a cargo, mientras que la máxima, sin responsabilidades familiares, es de 1.225 euros al mes. Ahora bien, en el caso de que se tenga un hijo, hija o más a cargo, la cuantía mínima asciende a 749 euros, mientras que la máxima será de 1.400 euros en el caso de que se tenga un hijo, mientras que con dos o más hijos, la cuantía máxima a cobrar es de 1.575 euros

En cualquier caso, así quedan las cuantías mínimas y máximas:

Cuantías mínimas por desempleo 2023

  • Sin hijos o hijas a cargo (80% del IPREM): 560 euros al mes.
  • Con un hijo, hija o más a cargo (107% del IPREM): 749 euros al mes.

Cuantías máximas por desempleo 2023

  • Sin hijos o hijas a cargo (175% del IPREM): 1.225 euros al mes.
  • Con un hijo, hija o más a cargo (200% del IPREM): 1.400 euros al mes.
  • Con dos o más hijos (225% del IPREM): 1.575 euros.

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A partir del séptimo mes de paro, la base reguladora pasará ser del 60%. Hasta 2022 fue del 50% para los desempleados que cobrasen la prestación por desempleo pasados los primeros 180 días. Por lo que los trabajadores con peores salarios y que hayan acumulado menores cotizaciones a la Seguridad Social serán los más beneficiados por esta medida. Dicho esto, durante los seis primeros meses, la base reguladora queda fijada en un 70%, mientras que a partir del día 181, se pasará a cobrar el 60% de dicha base. Para entenderlo mejor, he aquí un ejemplo. 

Si un trabajador cuenta con una base reguladora de 1.000 euros al mes y es despedido por su empresa, durante los primeros seis meses de paro, cobrará el 70%, esto es, 700 euros al mes. Sin embargo, desde el día 181 en paro, a partir de 2023 la mensualidad pasará a ser de 600 euros, en lugar de 500 euros, como venía siendo habitual hasta ahora. Otro punto importante a tener en cuenta es que para calcular la base reguladora no se tienen en cuenta ni las horas extraordinarias, ni cualquier otro ingreso extra en la nómina.

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