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Insultar con esta palabra una vez al jefe no justifica el despido, según el TSJM

El euríbor en el mes de marzo obliga a estar pendiente de la media porque, por ahora, sube la cuota.
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha determinado en una reciente sentencia que llamar "gilipollas" al jefe en una única ocasión no es motivo suficiente para justificar un despido disciplinario. Según el fallo judicial, este tipo de insulto puntual "no tiene la gravedad y el componente de culpabilidad" necesarios para proceder a la destitución del trabajador.

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, desestima el recurso interpuesto por la empresa Ahumados NordFish contra la resolución dictada por el Juzgado de lo Social número 31 de Madrid el 20 de septiembre de 2023. El caso se originó a partir de una demanda presentada contra un auxiliar de fábrica con un salario mensual de 1.344 euros, al que la empresa notificó su despido en mayo de 2023 alegando ofensas verbales.

Los hechos tuvieron lugar durante una reunión entre la empresa y los trabajadores para recibir información del departamento de calidad. Sobre las 15:00 horas, el demandante manifestó su intención de marcharse al finalizar su jornada laboral. Ante la advertencia de la administradora de que podría ser sancionado por desobediencia, el trabajador respondió: "A ver si te atreves, gilipollas", y se marchó dando un portazo.

Analizar el contexto y las circunstancias

La Sala del TSJM destaca la importancia de valorar el contexto en el que se produjeron los hechos, así como las circunstancias objetivas y subjetivas concurrentes. En este sentido, resalta que cuando se exigió la presencia del trabajador en las instalaciones de la empresa, su jornada laboral ya había concluido y tenía prisa por motivos personales.

Aunque reconoce que la contestación del demandante y las formas empleadas al dirigirse a la administradora fueron "destempladas, desabridas y malsonantes", el tribunal considera que no alcanzan la gravedad y culpabilidad necesarias para justificar el despido. Por ello, desestima el recurso de la empresa y confirma la sentencia recurrida, que no infringió la normativa y jurisprudencia denunciada.

El despido como última medida en el Derecho Laboral

Los magistrados recuerdan que el despido, al ser la sanción más grave en el Derecho Laboral, obliga a una interpretación restrictiva. Para proceder a esta medida, es necesario que quede evidenciado que se trata de "un incumplimiento grave y culpable" por parte del trabajador. En caso contrario, pueden imponerse otras sanciones distintas a la destitución.

¿Qué otras conductas pueden justificar un despido disciplinario?

Además de las ofensas verbales graves y reiteradas, existen otras conductas que pueden dar lugar a un despido disciplinario justificado. Algunos ejemplos son:

Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.Indisciplina o desobediencia en el trabajo. Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento laboral.Embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.Acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual.

En cualquier caso, es fundamental analizar cada situación de manera individualizada y valorar la gravedad y reiteración de las conductas antes de proceder al despido disciplinario.

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