Depende de lo cotizado

Prestación o subsidio por desempleo, ¿qué cobraré si me quedo en paro?

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Freepik.
Billetes de euro.

La severa crisis ocasionada por la pandemia de la Covid-19 asentó un duro golpe al mercado laboral durante el 2020 y el inicio de 2021. Tanto es así que, recordemos, fue en febrero cuando se superó la barrera de los cuatro millones de parados, algo que no ocurría desde hace un lustro. Ahora, la tasa de paro y el ritmo de afiliación parece ir recuperándose, debido a la baja incidencia, gracias al ritmo de vacunación, la relajación de las medidas (fue el pasado 9 de mayo cuando decayó el estado de alarma) y la llegada de un verano en el que el sector turístico espera poder recuperar parte de lo perdido.

La estadística de los dos últimos meses son reseñables. Julio ha batido récord con 233.056 empleos nuevos, dato que supone que la afiliación vuelva a niveles de 2019. Mientras, el paro ha bajado por tercer mes consecutivo. Aunque el camino ya vislumbra la luz de cara a la salida de la crisis, cabe recordar que todavía hay 3.614.339 parados, alrededor de 700.000 personas más que en el mismo mes de 2019 (cuando no había pandemia). 

De hecho, durante este año, las peticiones y/o solicitudes de ayudas, subsidios o prestaciones económicas han supuesto una enorme carga de trabajo a un SEPE que también ha tenido que lidiar con millones de ERTE. En este proceso, han sido muchos los que han tenido dudas sobre qué tipo de ayuda podían solicitar o hasta cuál les convenía más, por distintos motivos. Pongamos, por ejemplo, el caso de una persona que ahora pierde su trabajo, ¿qué cobrará, la prestación o el subsidio por desempleo? Veamos a continuación cuáles son sus diferencias. 

El tiempo de cotización

Básicamente, la diferencia principal será el tiempo que se haya trabajado y cotizado en los últimos años. En este sentido, para cobrar o acceder a la prestación contributiva o el paro, el interesado debe haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, tal y como explica el SEPE. 

También dependerá del tiempo que le quede de paro; es decir, si una persona ha agotado la prestación, tras cobrarla durante todos los días que le correspondían, y no ha encontrado trabajo, no podrá volver a acceder a ella, si antes no vuelve a generar el tiempo de cotización mínimo necesario (que es, como decíamos, 360 días en los seis años anteriores). 

Con un ejemplo será mucho más sencillo: un trabajador que tenía derecho, según su cotización, a 300 días de prestación. La agota en su totalidad y al poco tiempo encuentra un trabajo, pero llega la pandemia y deciden rescindir su contrato, habiendo generado solo tres meses de cotización. En este supuesto, esa persona tendrá que acceder a un subsidio por desempleo, ya que ha agotado el paro que le quedaba anteriormente y no ha generado el mínimo exigido. 

El subsidio por desempleo está destinado a aquellos que hayan trabajado menos de un año y no puedan acceder a la prestación contributiva. También dependerá, eso sí, del tiempo cotizado: será necesario al menos 3 meses, en caso de tener responsabilidades familiares, o al menos seis, si no las tiene, y no llegar a los 360 días. 

Responsable SEO - Desarrollo de Audiencias

Licenciada en Periodismo, especializada en SEO y Marketing Digital. Empecé mi etapa laboral en Europa Press, Cadena SER y Gestiona Radio. Más tarde, estudié un máster en Periodismo de Datos que me llevó a ser colaboradora freelance en Xataka. Y ese fue el punto de inflexión que me hizo decantarme por unir la parte analítica y de código, con el lado editorial de periodismo. Tras un breve paso por el mundo de agencias como SEO/SEM, volví a los medios de comunicación, con primera parada en Vozpópuli y, ahora, en La Información como Responsable SEO.

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