Todas las pensiones que están exentas de pagar IRPF en la declaración de la Renta

Los beneficiarios de una pensión no están exentos de hacer la declaración de la Renta, pero hay pensiones que no pagan impuestos y cuya cuantía no se suma al IRPF. Así, tampoco afectan a la obligación de declarar. Estos son los límites.
Llegó el día en el que los contribuyentes que quieran pedir cita para presentar la declaración de la Renta 2023 de forma presencial puedan hacerlo.
Las pensiones que están exentas en el IRPF.
Llegó el día en el que los contribuyentes que quieran pedir cita para presentar la declaración de la Renta 2023 de forma presencial puedan hacerlo.

Los pensionistas también tributan en la declaración de la Renta, un trámite que está pronto de cerrar siendo el 1 de julio la fecha límite para presentar el borrador en Hacienda. El hecho de dejar de trabajar para jubilarse no implica perder la condición de contribuyente a efectos de IRPF. Hay que seguir presentando y pagando el impuesto a la Agencia Tributaria.

Y es que, el IRPF recoge todos los ingresos de los contribuyentes, pensiones incluidas. En concreto, las pensiones públicas tienen la consideración de rendimientos del trabajo y la Seguridad Social la de un pagador más en la renta.

Es decir, que el dinero de la pensión es igual que el salario en el IRPF, salvo excepciones. La Ley de IRPF también prevé que ciertas pensiones no paguen impuestos.

¿Qué pensiones están exentas de tributar?

La lista de pensiones exentas en el IRPF es limitada. Afecta a los siguientes casos:

  • Pensiones de incapacidad permanente o gran invalidez, tanto de la Seguridad Social como de los seguros privados, pero solo hasta la pensión máxima de la Seguridad Social. Las cantidades por encima de esa cifra se sumarán a los rendimientos del trabajo.
  • Pensiones de inutilidad o incapacidad de las clases pasivas cuando la enfermedad o dolencia inhabilite al perceptor para toda profesión u oficio.
  • Pensiones de orfandad.
  • Pensiones derivadas de actos de terrorismo, que incluye las pensiones de medallas y condecoraciones y también las pensiones de viudedad por estos actos.
  • Pensión a favor de familiares por incapacidad absoluta del titular de la pensión.
  • Pensiones a cuidados lesionados o mutilados en relación a la Guerra Civil, tanto para pensiones de las clases pasivas como al amparo de la legislación especial dictada a tal efecto.
  • Auxilio por defunción, que es una ayuda de la Seguridad Social para hacer frente a los gastos de sepelio para determinados perfiles.
  • Prestación por nacimiento cuidado del menor y cuidado del lactante, así como las prestaciones familiares no contributivas y haberes pasivos de orfandad a favor de nietos y hermanos, menores de 22 años y personas incapacitadas para todo trabajo.

Estas son las pensiones que no tributan en el IRPF y por las que no hay que pagar impuestos.

¿Afectan estas pensiones al IRPF y la obligación de declarar?

En absoluto. Al tratarse de rentas exentas, no se tienen en cuenta dentro de la declaración de la renta ni tampoco para determinar el límite por el que los pensionistas están obligados a declarar.

En la mayoría de los casos, ni siquiera habrá que sumar esa cantidad en el IRPF, algo que sí pasa con otras exenciones como las cuatro que permiten no pagar impuestos al vender la casa. A saber, reinvertir en vivienda habitual, contratar una renta vitalicia, venta de vivienda por parte de mayores de 65 años y venta por parte de personas en situación de dependencia severa.

Además, estas pensiones exentas en el IRPF tampoco se tienen en cuenta para el límite de obligación para presentar la renta. Ese límite es el mismo para los pensionista y los trabajadores.

Con carácter general, el límite es de 20.000 euros con un solo pagador y de 15.000 euros con dos o más pagadores si has cobrado más de 1.500 euros del segundo y siguientes pagadores.

En este sentido, es importante tener en cuenta qué ingresos considera Hacienda como un segundo pagador en la renta. El dinero del plan de pensiones es uno de estos segundos pagadores y el que más puede afectar a la obligación de tributar por parte de los pensionistas.

Además, quienes cobran una pensión exenta también debería vigilar las ganancias y pérdidas patrimoniales, así como los rendimientos de capital mobiliario y las rentas inmobiliarias imputadas que te obligarán a hacer la renta si superas los 1.000 euros anuales.

En otras palabras, un jubilado con una pensión exenta, pero una casa en la playa que no usa durante todo el año, podría tener que hacer la renta si la renta inmobiliaria imputada supera los 1.000 euros.

Por último, una persona que esté en situación de jubilación activa (pensionista con actividad económica como autónomo) estará siempre obligado a declarar, ya que desde 2023 todos los autónomos están obligados a presentar la declaración de la Renta.

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