¿Cuándo se pagan los seguros sociales?

Los seguros sociales son los pagos realizados por el trabajador y la empresa a la Seguridad Social, y que se usan en el caso de que sucedan las contingencias que impidan al trabajador ejercer su actividad profesional.
Dinero en una cartera.
Dinero en una cartera.
Pixabay/analogicus
Dinero en una cartera.

Los seguros sociales son los pagos que tanto el trabajador como la empresa realizan a la Seguridad Social en España cada mes, y a los cuales solo se recurre en aquellos casos en los que se den aquellas contingencias que contempla la ley con respecto a la imposibilidad de un trabajador de ejercer su actividad, ya sea por enfermedad, paternidad, maternidad, jubilación…

En este sentido, hay que tener claro que el trabajador y la empresa no contribuyen de la misma forma en los seguros sociales, ya que el propio trabajador tendrá que aportar, en la cuantía correspondiente, basándonos en una serie de conceptos, como son las contingencias comunes, que garantizan la cobertura sanitaria en caso de enfermedad o accidente profesional; por desempleo, que facilita el pago del paro, por horas extra y por formación profesional.

Por su parte, la empresa tendrá que tributar por las anteriores, además de por contingencias profesionales, que junto a las comunes ya mencionadas, permiten acceder a la atención sanitaria derivada de la actividad profesional, y de tributar al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), creado para el abono de los salarios si el empresario es insolvente.

Aunque ambos deben pagar los seguros sociales, el empresario lo hace de una forma directa, mientras que el trabajador lo hace mediante la retención que la empresa le aplica sobre su nómina.

Los seguros sociales deben ser pagados por todos los trabajadores por cuenta ajena y autónomos, desde el momento en el que se dan de alta hasta que causan baja de su actividad. La cuantía a abonar no es la misma en todos los casos, ya que el pago de los seguros sociales puede variar, incluso con empleados que desempeñen una misma actividad laboral.

En este sentido, el trabajador pagará seguros sociales de forma mensual y variable, dependiendo de su salario, de la base de cotización y del porcentaje que se aplica a esta.

Cuando se pagan los seguros sociales

Pagar los seguros sociales es una obligación para empresas y trabajadores, que deben realizarlo el día 20 de cada mes si se opta por su domiciliación, y el último día del mes si se realiza con transferencia bancaria o cargo a cuenta.

En el caso de que se prefiera el abono de los seguros sociales mediante “pago electrónico” habrá que presentar el modelo RCL; y también existe la posibilidad de liquidarlos de forma presencial, aunque es el menos utilizado.

Actualmente, para el pago de los seguros sociales se realiza a través de dos modelos. Por un lado, el mencionado modelo RLC (Relación Nominal de Trabajadores), que informa de los cambios en los contratos de los empleados en el mes que se presenta; y por otro, el modelo RNT (Relación de Liquidación de Cotizaciones), que se usa para informar de los pagos de los seguros sociales realizados mensualmente por la empresa a la Seguridad Social. Junto a ellas se incluye la lista de los trabajadores que liquiden en ese periodo de tiempo.

Es necesario señalar que se deben pagar en los periodos estipulados, puesto que, en caso contrario, se aplicará un recargo cuya cuantía variará en función de la demora, y que va del 3% si se abona al mes siguiente, hasta el 20% que se abonará a partir del cuarto mes, mientras que en el segundo mes se aplicará un recargo del 5% y un 10% si se abona en el tercer mes de demora.

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