Por la ampliación de capital de 2016

La Audiencia Nacional confirma que Ron irá a juicio por estafa y falsedad contable

Los magistrados que han revisado el recurso del expresidente de Banco Popular, Ángel Murillo, Jesús Gutiérrez y Fermín Echarri, detectan "la existencia de indicios racionales de criminalidad" en la gestión del exbanquero.  
El expresidente del Banco Popular Ángel Ron (d) y su abogado José Antonio Choclán (i) a su llegada a un juicio en la sede de la Audiencia Nacional, a 19 de octubre de 2022, en Madrid (España). El juez de la Audiencia Nacional (AN) Santiago Pedraz ha citado al expresidente del Banco Popular Ángel Ron para que declare a raíz de querellas por un presunto delito de estafa a inversores o incumplimiento de los deberes de información en la ampliación de capital realizada en 2012.Estas citaciones llegan después de que el juez admitiese el pasado mes de junio dos querellas contra esa ampliación de la entidad bancaria al considerar que pudieron incurrir en «omisiones e informaciones sesgadas y tergiversadas para captar un capital que de otra manera no hubiera sido posible obtener, incumpliendo los deberes de información establecidos en orden a garantizar la transparencia del mercado de valores». 19 OCTUBRE 2022;BANCO POPULAR;ANGEL RON;AMPLIACIÓN CAPITAL;INVERSORES;2012 Alejandro Martínez Vélez / Europa Press (Foto de ARCHIVO) 19/10/2022
El expresidente del Banco Popular Ángel Ron (derecha) y su abogado José Antonio Choclán (izquierda) en una foto de archivo
Europa Press
El expresidente del Banco Popular Ángel Ron (d) y su abogado José Antonio Choclán (i) a su llegada a un juicio en la sede de la Audiencia Nacional, a 19 de octubre de 2022, en Madrid (España). El juez de la Audiencia Nacional (AN) Santiago Pedraz ha citado al expresidente del Banco Popular Ángel Ron para que declare a raíz de querellas por un presunto delito de estafa a inversores o incumplimiento de los deberes de información en la ampliación de capital realizada en 2012.Estas citaciones llegan después de que el juez admitiese el pasado mes de junio dos querellas contra esa ampliación de la entidad bancaria al considerar que pudieron incurrir en «omisiones e informaciones sesgadas y tergiversadas para captar un capital que de otra manera no hubiera sido posible obtener, incumpliendo los deberes de información establecidos en orden a garantizar la transparencia del mercado de valores». 19 OCTUBRE 2022;BANCO POPULAR;ANGEL RON;AMPLIACIÓN CAPITAL;INVERSORES;2012 Alejandro Martínez Vélez / Europa Press (Foto de ARCHIVO) 19/10/2022

El expresidente de Banco Popular, Ángel Ron, está cada vez más cerca del banquillo. La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de Ron contra su auto de procesamiento por estafa a los inversores y falsedad contable en la ampliación de capital de 2016, con lo que el exbanquero tendrá que sentarse en el banquillo junto a otros doce directivos y PwC. En un auto fechado ayer al que ha tenido acceso EFE, la sala de lo penal rechaza el recurso presentado por el exbanquero contra su auto de procesamiento, dictado por el juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama a comienzos del pasado mes de marzo.

Los magistrados Angel Murillo, Jesús Gutiérrez y Fermín Echarri que han analizado el auto de procesamiento de Calama recurrido por Ron, lo han descrito como "especialmente fundamentado en todos sus aspectos", desde el punto de vista de los elementos de carácter fáctico "se puede deducir la existencia de indicios racionales de criminalidad, y lo que es más importante, se detallan en el mismo, respecto a la persona recurrente, aquellas conductas que podrían considerarse como supuestamente delictivas".

Los tres magistrados han compartido punto por punto los argumentos de Calama, para atribuir, "al menos de manera provisional", responsabilidad penal a Ron. El juez instructor se refería a la relevancia y responsabilidad que tiene el presidente del Consejo de Administración en las sociedades cotizadas, especialmente en lo que se refiere al correcto funcionamiento del Consejo, y entre esas responsabilidades figura la de ofrecer a sus miembros la información necesaria para la adopción de los acuerdos que se hayan de tomar, recuerda la Sala.

La conducta del investigado, junto con otras personas que ostentaban altos cargos en el organigrama del banco, "merecen un reproche penal en lo que a la gestión de la ampliación de capital se refiere, y especialmente en lo relativo a las cuentas anuales de 2015, estados financieros intermedios de 2016 y cuentas anuales de ese mismo año". Y es que esto se hizo "sin hacer estudio alguno acerca de dicha ampliación, siendo la reunión de 25 de mayo de 2016 de la Comisión de Auditoría una reunión 'ornamental', realizándose dicha ampliación con precipitación a la vista de las deficiencias observadas por la inspección del Banco Central Europeo en 2015 en lo relativo a los déficits de provisiones.

En su recurso, Ron alegaba que durante su mandato la entidad cumplió siempre las ratios de capital y liquidez, no existiendo incumplimiento regulatorio de ningún tipo. Asimismo, aseguraba que las cuentas anuales de 2015, últimas publicadas antes de la ampliación de capital de 2016, y las cuentas anuales de 2016, expresaron la imagen fiel de la entidad.

La gestión de Ron, cuestionada por los magistrados 

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), abrió un expediente por falta muy grave ante las irregularidades de las cuentas de la entidad, que no reflejaban la imagen fiel y real de la misma, añade el auto, que destaca que Ron conocía, por un lado, los déficits de provisiones estructurales que el banco arrastraba desde hacía unos años. En el auto se describe que su gestión en relación con la ampliación de capital es deliberadamente opaca, ocultando su verdadera finalidad, y por otra parte, el presidente, asegura este documento, estaba al corriente y tenía pleno conocimiento de las inspecciones del BCE a través de la comisión de auditoría, que le informaba de todas estas cuestiones.

"Sería absurdo que el presidente del banco no hubiera tenido una actuación relevante, importante y decisiva, pues se trataba de un presidente con funciones ejecutivas, y no meramente representativas, que incidía de manera incuestionable en la marcha del Banco, recuerdan los magistrados, que añaden que en aquella época el Banco Popular era "una de las grandes entidades bancarias de nuestro país y con el lógico peso e influencia en la economía nacional". Una decisión de ese calibre habría de involucrar necesariamente al presidente de la entidad bancaria

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