A la espera de regulación

Deliveroo se suma a Glovo: el Supremo dirá si sus riders son falsos autónomos

El recurso de la compañía británica en el emblemático caso de los 532 repartidores de Madrid es admitido a trámite por la Sala de lo Social. El Gobierno sigue trabajando en la ley.

Deliveroo
Deliveroo se suma a Glovo.
EFE
Deliveroo

Primero fue la española Glovo... y ahora Deliveroo. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ya tiene sobre su mesa las dos primeras 'patatas calientes' en la particular batalla sobre los 'riders' y su relación laboral con las plataformas de entrega de comida a domicilio. La compañía británica ha logrado que se admita a trámite la denuncia contra la sentencia del emblemático caso de los 532 repartidores en Madrid, que fueron calificados como 'falsos autónomos' por el Tribunal Superior de Justicia. Todos estos avances en el terreno judicial se produce justo cuando continúa el debate interno en el Gobierno para aprobar una nueva ley que regule esta figura.

¿Qué pinta en todo esto el Tribunal Supremo? Todos los ojos están puestos desde hace muchos meses en el Alto Tribunal, desde las primeras denuncias presentadas por particulares o por organizaciones sindicales. Éstas generaron un particular 'caos' jurídico, que desembocó en sentencias contradictorias sobre la misma materia entre los diferentes jueces de primera instancia. Las primeras surgieron de demandas particulares de repartidores y después siguieron los procesos vinculados a inspecciones de la Seguridad Social que desembocaron en actas de liquidación millonarias recurridas por las plataformas. Hoy, dos años y medio después, hay más de una treintena de sentencias emitidas... y subiendo.

Muchos de esos pronunciamientos iban a llegar hasta el Tribunal Supremo. Y así ha sido. Deliveroo perdió hace casi diez meses, en enero de este año, un caso clave. Los magistrados del TSJ de Madrid en bloque confirmaban que se trataba de falsos autónomos. El origen hay que encontrarlo a comienzos de 2018, en la primera inspección de la Seguridad Social que le obligaba a contratarlos como asalariados y a devolver las cotizaciones no abonadas. Según confirman desde UGT, que formó parte de la defensa de los repartidores, el recurso de la compañía británica ha sido admitido a trámite, por lo que ahora arranca la cuenta atrás para tener un fallo definitivo.

Para que se cree jurisprudencia es necesario que haya, al menos, dos sentencias que interpreten la norma de igual forma por parte del Tribunal Supremo. El segundo caso ya está sobre la mesa de la Sala de lo Social desde principios de este año y es el referido a un 'rider' individual de Glovo que demandó a la empresa y perdió su caso también en el TSJ de Madrid. Es decir, este último determinó que el repartidor era un autónomo. ¿Cómo es posible que haya esa diferencia en el propio tribunal madrileño? Esta sentencia es anterior a un movimiento decisivo que dio el Pleno del tribunal en noviembre pasado: los 17 magistrados dictaron un criterio firme y no era otro que deberían ser contratados por cuenta ajena.

Estos dos fallos del Tribunal Supremo, que no llegarían antes de 2021, tienen en vilo a las dos plataformas, que deben más de 15 millones de euros en cotizaciones a la Seguridad Social no abonadas tras las diferentes inspecciones (recurridas ante la Justicia) y que basan su negocio en este modelo laboral. Glovo ha decidido no provisionar ni un euro de este dinero en sus cuentas recientemente presentadas en el Registro Mercantil. Deliveroo es una incógnita, pues no presenta números en este país desde el año 2016 -el pasado mes de julio,  antes de que se cumpliera con el plazo contratado, cambió de auditor sustituyendo a PwC y por Deloitte-.

Aunque será el Supremo quien tenga la palabra, desde las plataformas han visto un resquicio con el que buscan llevar la batalla a Europa. O, al menos, así lo ha intentado Glovo en la última sentencia que ha tenido lugar en un tribunal de primera instancia en Madrid. La startup española había pedido a la jueza que planteara una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre esta figura. Y la razón hay que encontrarla en un pronunciamiento de dicho tribunal a una pregunta planteada por un juez de Reino Unido. En él se establece que este tipo de repartidores son contratistas independientes, pero se insiste en que debe ser el juez nacional y la regulación de cada país el que determine los baremos para determinar si hay relación laboral y no mercantil. La magistrada española se negó.

Hay casos de plataformas y negocios digitales que también representan antecedentes de cómo el Tribunal Supremo puede sacudir todo un sector con su jurisprudencia. Es lo que sucedió en el taxi y el del alquiler de vehículos con conductor (conocido como VTC). En noviembre de 2017, el Alto Tribunal fallaba a favor de dos empresas que habían solicitado la concesión de licencias para operar en Uber y Cabify después del año 2013 y había sido rechazada. Entendía que el decreto ley con el que el Gobierno de Rajoy trató de tapar un agujero legal no era suficiente. Fue el principio de un aluvión. En aquel año había 6.200 títulos activos. Hoy hay casi 16.500.

La regulación, a la espera

Mientras, poco a poco, la vía judicial avanza, el Gobierno 'arrastra los pies' para aprobar una ley que ha tenido un debate interno importante. El Ministerio de Trabajo, dirigido por Yolanda Díaz, tenía previsto legislar antes del mes de agosto, algo que no se ha producido. Este departamento y el de Economía (y Transformación Digital) tienen posiciones un tanto diferentes respecto a cómo se debe legislar. En lo que sí ha habido un acercamiento de posturas, según confirman fuentes conocedoras, es en la limitación de la regulación: sólo se circunscribirá a los 'riders' y no a todos los colaboradores de las diferentes plataformas tecnológicas.

Entre los sindicatos mayoritarios tampoco hay mucha prisa por que se lleve a cabo esta regulación, máxime si ésta sólo se circunscribe a las plataformas de entrega de comida a domicilio y no al resto de la llamada 'gig economy'. La mayoría de las sentencias las están ganando en los tribunales y no verían con malos ojos esperar a que el Tribunal Supremo, según aseguran fuentes de UGT. La patronal, conformada por la asociación Adigital, se ha limitado a defender la figura del 'Trade digital', sin exigir plazos.

Jesús Martínez

Periodista económico nacido en tierras andaluzas (Jaén, 1983). Me incorporé al equipo de La Información a principios del año 2018 para cubrir el sector de las telecomunicaciones, las startups y las grandes empresas tecnológicas. Anteriormente, me ocupé de la misma área informativa en el diario 'El Español' desde su fundación. Durante los años previos colaboré en diversos medios como 'El Confidencial', 'Expansión' y las revistas 'Forbes' o 'Emprendedores'.

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