250 euros mensuales

Todas las razones por las que pueden denegarte el bono joven de alquiler

Casa vivienda compraventa hipoteca alquiler
Bono joven de alquiler
Foto por formulario PxHere
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En octubre del año pasado, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció que se empezarían a conceder unas nuevas ayudas denominadas 'bono joven de alquiler', especialmente diseñadas para apoyar la emancipación de personas de entre 18 y 35 años de edad. Esta ayuda tendrá una cuantía mensual de 250 euros al mes, y podrá cobrarse durante un tiempo máximo de dos años. Eso sí, para realizar la solicitud se exigirá a los interesados que presenten su DNI, el contrato de alquiler, la declaración de renta y el contrato laboral en su solicitud, entre otros requisitos. Cada comunidad autónoma establece sus procesos y la documentación requerida.

Como puede inducirse a partir de los documentos que se deben entregar obligatoriamente, las personas que quieran volverse beneficiarias del bono joven de alquiler deben haber pasado un tiempo mínimo de tres meses llevando a cabo una actividad laboral o pueden presentar un contrato laboral que garantice que estarán empleadas durante al menos seis meses. En este sentido, se impedirá que tengan este subsidio las personas desempleadas que no hayan trabajado al menos tres meses.

Obligaciones para recibirlo

Por otro lado, es importante destacar las razones por las que una persona podría denegársele el acceso a esta ayuda al alquiler. Además de los límites de edad establecidos y explicados anteriormente, el bono joven de alquiler no se concederá a las personas que sean propietarios de una vivienda, sea la que habitan de forma habitual u otra, ni a las que tengan relaciones familiares con los propietarios del sitio que alquilan.

Tampoco podrán recibir el bono joven las personas que paguen más de 600 euros mensuales en alquiler, aunque en algunas comunidades autónomas se podrá elevar este máximo a 900 euros mensuales, ajustándose al promedio de las ciudades. Las personas que ganen más de 24.318 euros al año (o, dicho de otra manera, más de 2.026 euros al mes en régimen de 12 pagas o 1.737 euros al mes en 14 pagas) tampoco calificarán para esta ayuda.

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