Gracias a la Ley de Segunda Oportunidad 

Condonan 600.000 euros de deuda a una mujer que avaló a su expareja hace 15 años

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Perdonan 600.000 de deuda a una mujer que avaló a su expareja hace 15 años
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El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Badajoz ha condonado una deuda de más de 600.000 euros a una vecina de Jerez de los Caballeros (Badajoz). La deuda venía originada de los avales personales obtenidos hace más de 15 años en operaciones de préstamos requeridos para una actividad empresarial de su expareja. 

En este sentido, la resolución judicial ha declarado la conclusión del concurso de acreedores al que se había acogido la deudora, así como la cancelación de toda la deuda gracias a la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad, según ha informado el bufete de abogados Gómez Vázquez Abogados, que la ha defendido.

A la mujer, funcionaria de la Junta de Extremadura, le habían sido retenidos por los juzgados "miles de euros" de su nómina para el pago de la deuda. Con la resolución obtenida, la beneficiada, además de dejar atrás la deuda, vuelve a disponer de su salario íntegro.

Farmacéutico arruinado se libra de las deudas

Algo parecido ocurrió con un farmacéutico jubilado de Valladolid que arrastraba una deuda de 5,2 millones de euros. Esta fue una de las mayores extinciones de deuda a una persona física concedidas en virtud de la Ley de la Segunda Oportunidad. "A pesar de que estaba completamente arruinado, hemos podido salvarle la casa y podrá optar a un plan de pagos. Una vez cumplido antes de los próximos cinco años, podrá consolidar la exoneración total del pasivo", señala el abogado en el portal especializado del Consejo General de la Abogacía Española.

Según el abogado, la administración concursal operó con mala praxis y separó las deudas. Además, le hicieron firmar un reconocimiento de deuda de 800.000 euros y uno de los acreedores inició la demanda contra la farmacia de la que era propietario en 2014. Faltaban muchos documentos, no se había realizado una valoración exhaustiva de la farmacia y le dieron de baja en el RETA al propietario afectado, por lo que se acumularon las deudas de las cuotas de autónomo.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid finalmente sentenció que el afectado podrá librarse de esa acumulación de deudas debido a la inexistencia de bienes suficientes para satisfacer los créditos de los acreedores. De esta forma, se concedió la exoneración provisional del pago de los créditos del pasivo insatisfecho ordinarios y subordinados. Sin embargo, tendrá que hacer frente a los créditos contra la masa, que asciende a 18.000 euros.

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