En concreto, las acciones del gestor técnico de la red eléctrica experimentaron un descenso del 2,11%, hasta 17,2 euros, en una sesión en la que el Ibex registró una caída del 0,33%.
La sala tercera del Tribunal Supremo ha aceptado que los ayuntamientos puedan catalogar como construcciones las líneas eléctricas de alta tensión y las canalizaciones de gas de cara al cálculo de la base imponible de la tasa por utilización del dominio público local.
En cinco sentencias dictadas en los últimos días, el Supremo crea jurisprudencia y avala las ordenanzas fiscales de 2014 de los ayuntamientos de Arteixo (A Coruña), Serradilla (Cáceres) y Villalcampo (Zamora), que establecían la regulación y las tarifas de la "tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos".
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