Fin de las prórrogas a las ITV: dudas, fechas de vencimiento y multas

Archivo - Vehículos esperando a la revisión de la ITV
Vehículos esperando a la revisión de la ITV.
EUROPA PRESS - Archivo
Archivo - Vehículos esperando a la revisión de la ITV

El pasado 2 de marzo caducaron todas las prórrogas y oportunidades que el Gobierno había otorgado a aquellos vehículos que habían visto expirar su tarjeta de la Inspección Técnica durante el estado de alarma. La posibilidad de retrasar la caducidad de la pegatina se aplicó a todos los vehículos que hubieran tenido que actualizarla entre el 14 de marzo y el 20 de junio aunque, finalmente, también se concedió un plazo ampliado para aquellas tarjetas que expiraran entre el 21 de junio y el 31 de agosto. 

Ahora ya, a un mes vencido del final de estas prórrogas, AECA-ITV advierte que cuatro de cada diez vehículos que han visto caducar su pegatina desde el pasado marzo circulan sin haber renovado su Inspección Técnica, lo que supone un peligro grave para la seguridad vial de todos los conductores. 

Desde la Asociación de Estaciones de ITV recomiendan encarecidamente, a todos los conductores que deban, acudir cuanto antes a pasar la Inspección, lo primero de todo por evitar multas. Las sanciones por parte de la DGT pueden alcanzar desde los 200 hasta los 500 euros. Igualmente, en el caso de sufrir un accidente de tráfico y no tener la ITV actualizada, la compañía del seguro no se hará cargo de los desperfectos, que deberá afrontar el conductor. 

Fecha de vencimiento

Una vez superada la ITV durante el periodo de prórroga, ¿cuál es la nueva fecha de vencimiento? Esta cuestión ha provocado dudas entre los conductores ya que, por ejemplo, aquellos que les tocaba en marzo del 2020 deberían haber ido a superarla este mes pasado aunque examinaran su vehículo en abril. A la hora de hacer este cálculo hay dos explicaciones posibles.

El 15 de mayo de 2020 el Ministerio de Sanidad dictó la orden de las prórrogas para las ITV caducadas entre el 14 de marzo y el 20 de junio. En ella se explica que "se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma”. Lo que quiere decir que, cara a la siguiente renovación de la ITV, habrá que tomar como referencia la fecha original y no en la que efectivamente se superó la Inspección.

Posteriormente, se publicó en el BOE un auto del Tribunal Supremo con fecha 31 de diciembre que, de forma temporal, dejaba en suspenso la aplicación de la orden Ministerial a este respecto. Pero este auto hace referencia a las Inspecciones que, reprogramadas, se superaron a partir del 31 de diciembre, por lo que los vehículos que renovarán sus ITV a partir de esta fecha sí que podrán tomarla como referencia para la siguiente cita en la ITV. 

Otras dudas

Si todavía quedan dudas, desde AECA-ITV recomiendan a los conductores que no sepan cuándo tienen que pasar sus ITV que verifiquen las fechas en la ficha del técnica del vehículo. También se puede consultar la pegatina de vigencia colocada en el parabrisas o consultar la app de la DGT, miDGT. Igualmente, se aconseja estar atento a los mensajes, notificaciones o comunicaciones que se puedan recibir de la propia estación de la ITV. 

En el caso de tener que acudir a un centro a pasar la Inspección, se recuerda que es necesario solicitar con anterioridad una cita, con el día y la hora indicados, para así evitar aglomeraciones y poder respetar las medidas de seguridad sanitaria. Es posible obtenerla online a través de las web de cada estación de ITV o consultar la disponibilidad por teléfono, siempre con tiempo de margen por si los establecimientos tuvieran poca disponibilidad horaria. 

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