Madrid 360 entra en vigor y ya empiezan a fraguarse los primeros recursos contra esta nueva ordenanza

Línea 001 de autobús de Madrid 360.
Línea 001 de autobús de Madrid 360.
Jorge París
Línea 001 de autobús de Madrid 360.

La nueva ordenanza de movilidad sostenible del Ayuntamiento de Madrid entra hoy en vigor y no solo mantiene una zona de emisiones baja con restricciones al tráfico para los vehículos más contaminantes sino que estrena una nueva ZBE en la zona de Plaza Elíptica. Además, proyecta las fechas exactas en las que los vehículos con mayor nivel de emisiones dejarán de circular por el centro, la almendra de Madrid y el interior de la M-40. 

Para los que se pregunten si esto significa que volverán a activarse las multas por circular por el antiguo Madrid Central o por Plaza Elíptica, la respuesta es sí, aunque de momento se cuentan con dos meses de plazo informativo para que los madrileños se hagan a las nuevas modificaciones y a la vuelta a las restricciones a la movilidad. 

Estas restricciones son una de las razones por las que varias asociaciones de conductores han decidido iniciar los trámites para interponer un recurso contencioso-administrativo contra Madrid 360. A su parecer, según explican desde la consultora Pyramid Consulting, la nueva ordenanza no respeta "los principios de legalidad, jerarquía normativa y seguridad jurídica recogidos en la Constitución Española". Se entiende que Madrid 360, además, vulnera el principio de igualdad protegido en el artículo 14 del mismo texto jurídico. 

Algunas de las principales medidas y modificaciones de la nueva ordenanza son:

  • Se mantienen las restricciones al tráfico en Madrid Central (razón por la que también se habían presentado recursos contra la interior ordenanza) y se estrena la zona de Plaza Elíptica. 
  • Las restricciones y horarios se mantienen, así como los 90 euros de sanción. 
  • ​Los comerciantes se equiparán a los residentes de estas zonas, por lo que se amplían sus horarios de movilidad. 
  • ​Las motos de motosharing no podrán aparcar en la acera si disponen de aparcamientos señalizado a menos de 100 metros. 
  • ​La velocidad en vías urbanas a la misma altura de la acera con bolardos de separación será de 20 kilómetros por hora máximo. 
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