Detenido por causar un siniestro y negarse a la prueba de alcoholemia, ¿a qué delitos se enfrenta?

El conductor chocó con una señal en la Avenida de Segovia de Valladolid, y posteriormente se dio a la fuga, pero fue interceptado por los agentes, por lo que deberá responder a varias infracciones ante un juez.

Vehículo de la Policía Local de Valladolid.
Imagen de archivo de un Vehículo de la Policía Local de Valladolid.
JCYL vía Europa Press
Vehículo de la Policía Local de Valladolid.

Hace unos días, la Policía Municipal de Valladolid publicó un tuit en el que informó acerca de la detención de un camionero extranjero en la avenida Segovia tras colisionar contra una señal y abandonar el lugar de los hechos

Además, el conductor del tráiler se negó a que los agentes de cuerpo policial vallisoletano le realizaran las pruebas de alcoholemia y de drogas. Por tanto, se procedió a la detención del individuo, así como se trasladó el camión al depósito municipal. En definitiva, este camionero se enfrenta a varios delitos contra la Seguridad Vial tipificados en el Código Penal español.

¿Qué pena le podría caer a este camionero?

En primer lugar, el conductor incumple el artículo 383 del Código Penal, que dice así: El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”. 

Por último, el abandono del lugar del accidente y los daños causados también pueden ser hechos constituyentes de un delito.

¿Qué otros delitos contra la seguridad vial especifica el Código Penal?

El primero de ellos hace referencia a circular a más de 60 km/h por encima del límite en vías urbanas y a más de 80 km/h en carreteras convencionales (artículo 379), también en el mismo artículo se precisa que comete un delito quien conduce con una tasa de alcoholemia de más de 0,60 mg/l o bajo la influencia de las drogas

Por otra parte, se incluye la conducción temeraria (art.380) como delito con el agravante del desprecio manifiesto por la vida de los demás (art.381). Asimismo, se catalogan como delitos el abandono del lugar de los hechos tras causar un accidente con heridos o fallecidos (art.382) y conducir un vehículo a motor en los casos en los que no se tenga carnet o este carezca de puntos en vigor (art. 384). Por último, colocar obstáculos en la vía o derramar sustancias deslizantes o inflamables, así como sustraer la señalización (art. 385).

¿Qué carnet es necesario para conducir un tráiler?

La Dirección General de Tráfico establece que para ponerse a los mandos de estos vehículos articulados o conjunto de un remolque con dos ejes se debe tener en vigor la licencia C+E o la C1+E. Ambos carnets contarán con las mismas pruebas para obtenerlos. 

Además, si se quiere ejercer un empleo en el que se deba usar este vehículo, será necesario obtener también el CAP (Certificado de Aptitud Profesional), que está acreditado por los estándares de la Unión Europea, presentando una cualificación inicial y una formación continua

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