La DGT puede multarte si utilizas esto mientras vas en bicicleta

El organismo liderado por Pere Navarro es muy estricto con todas las normas de circulación que hay impuestas en España: reducir el número de accidentes y fallecidos en las carreteras es el gran objetivo de esta institución.

Cada vez son más los países europeos que pagan a sus trabajadores por ir en bicicleta a trabajar. Bélgica, uno de los pioneros en este tipo de ayudas, ha dado un paso más y desde este uno de mayo obligará a todas las empresas, tanto públicas como privadas, a incentivar el uso de este medio de transporte. Se paga por kilómetros y se pueden llegar a ganar hasta 1.300 euros más al año.
Personas en bicicleta.
Cada vez son más los países europeos que pagan a sus trabajadores por ir en bicicleta a trabajar. Bélgica, uno de los pioneros en este tipo de ayudas, ha dado un paso más y desde este uno de mayo obligará a todas las empresas, tanto públicas como privadas, a incentivar el uso de este medio de transporte. Se paga por kilómetros y se pueden llegar a ganar hasta 1.300 euros más al año.

La Dirección General de Tráfico es tajante y estricta con todas y cada una de las normas que han impuesto para velar por la seguridad de los usuarios que circulan por las distintas vías de carretera de España. Una de las infracciones que más se repiten en los últimos tiempos es la de circular con auriculares mientras estamos al volante de nuestro respectivo vehículo, ya sea un coche, motocicleta, bicicleta o un patinete eléctrico.

Por ello, el organismo liderado por Pere Navarro ha incrementado las sanciones con tal de eliminar esta infracción cuanto antes. Aunque existan ciertas excepciones, las multas económicas por realizar este tipo de acción son más elevadas y, además, restan puntos en el carné de conducir. 

Prohibido llevar cascos mientras conduces

"Queda prohibido conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción", reza el artículo 13.3 de la Ley de Tráfico. No obstante, hay ciertas excepciones dentro de esta regulación: "Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares". 

Es decir, si vamos con los auriculares puestos y escuchando cualquier tipo de cosa, ya sea música o llamada, evitará que podamos oír lo que ocurre a nuestro alrededor y, posiblemente, estemos expuestos al peligro de una forma mucho más elevada. 

La única excepción es en motocicletas

La DGT sí permite en motos o ciclomotores el uso de dispositivos inalámbricos, siempre y cuando estén certificados y homologados. Eso sí, estarán prohibidos para fines lúdicos y solo podrán ser utilizados como manos libres en llamadas o para seguir las indicaciones del GPS. Asimismo, los agentes de la autoridad también están exentos de cualquier tipo de multa ante esta norma. 

Sanciones

Esta infracción será sancionada con una multa económica de 200 euros, que se quedaría en 100€ con la reducción del 50%, siempre que se pague antes de los 20 días siguientes a la notificación. Asimismo, esta infracción restará tres puntos en el carné de conducir, excepto si eres sancionado conduciendo una bicicleta o patinete eléctrico. 

Colaborador deportes '20minutos'

Graduado en Periodismo por la Universidad de Sevilla y Máster en Periodismo Deportivo por la Universidad Villanueva de Madrid. Actualmente, colaboro para la Sección Deportes y Sección Motor en 20 Minutos. Me considero un apasionado del fútbol y un amante de los deportes de raqueta y de la Fórmula 1. En mi tiempo libre intento narrar todo tipo de eventos deportivos.

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