Diferencias de precio en el impuesto de circulación: ¿por qué unos vehículos pagan más y otros menos?

  • El impuesto, también conocido como 'numerito', está empezando a llegar ahora a los conductores españoles para que abonen esta tasa.
  • ¿Cuánto toca pagar este año por el impuesto de circulación? La AEA calcula que unos 4.000 millones de euros
Es un pago obligatorio al que todos los vehículos deben someterse. En caso de que el propietario no se haga cargo, el Ayuntamiento en cuestión irá aplicando recargos que pueden terminar con el embargo del dinero directamente de las cuentas.
El impuesto de circulación es un pago obligatorio al que todos los vehículos deben someterse.
Pixabay/stevepb
Es un pago obligatorio al que todos los vehículos deben someterse. En caso de que el propietario no se haga cargo, el Ayuntamiento en cuestión irá aplicando recargos que pueden terminar con el embargo del dinero directamente de las cuentas.

Todos los vehículos y conductores han de hacer frente a una serie de responsabilidades fiscales por el mero hecho de circular. Uno de los impuestos asociados a la posesión de un coche, moto u otro tipo de vehículo a motor es el Impuesto de Circulación, que es obligatorio pagar una vez al año al ayuntamiento donde el turismo o moto esté domiciliado, ya que es de índole municipal. La figura responsable del pago será siempre quien figure como propietario del vehículo en el permiso de circulación. 

Uno de los aspectos más polémicos de este impuesto, también conocido entre algunos conductores como 'el numerito', es la diferencia de precios existente. Dependiendo de los ayuntamientos, en cada localidad española es posible encontrar un precio distinto a la hora de pagar este impuesto, llegando a existir diferencias de hasta el 150% como es el caso entre San Sebastián y Tenerife. 

Pero, además, existen diferencias de precio según el modelo de vehículo y la potencia que disponga. El impuesto de circulación se paga, tal y como explican de AEA, en función de: la potencia fiscal del vehículo en el caso de turismos, en función de la cilindrada en el caso de las motos y según el peso y el número de asientos, en el caso de los camiones y autobuses. Los diferentes precios siempre parten de una tarifa mínima común establecida para todo el territorio a excepción del País Vasco y Navarra. 

Cuánto se paga

El impuesto de circulación se paga con carácter anual dentro de un periodo voluntario que comienza el próximo 1 de abril y vence el 30 de junio. A la hora de liquidarlo, habrá que esperar a recibir la correspondiente carta de pago en beneficio del correspondiente ayuntamiento y entonces realizar el ingreso a través de una entidad bancaria o de manera telemática. 

Para calcular el precio del impuesto que corresponde a un turismo, hay que tener en cuenta los caballos fiscales del vehículo o CFV, cifra que resulta del cálculo de la cilindrada del motor y el número de cilindros. También se tienen en cuenta el año de la primera matriculación y el tipo de combustible, entre otras características del vehículo. Desde AEA estiman que un turismo de 11,99 caballos de potencia fiscal puede pagar, por ejemplo, 59 euros en Madrid mientras que en Barcelona lo haría por 68,16 euros,

En el caso de las motocicletas y ciclomotores, el impuesto de circulación es sensiblemente menor y atiende a los centímetros cúbicos de cilindrada que estén registrados en la Tarjeta de Inspección Técnica. Una moto de entre 125 y 250 cc. pagará en Madrid 12 euros de impuesto municipal, mientras que en Barcelona serán 14,38 euros y, en Santa Cruz de Tenerife, 10,33 euros, entre algunos ejemplos. El precio a pagar aumentará con la cilindrada, llegando a alcanzar los 122 euros en Madrid por las motos de más de 1.000 cc. 

Las excepciones y bonificaciones

Como siempre existe una excepción que confirma la regla, no todos los vehículos han de pagar el impuesto de circulación. Quedan exentos de ello los siguientes casos:

  • Los coches oficiales: del Estado, Comunidades Autónomas, vehículos especiales municipales como los de la Policía Local, coches diplomáticos o consulares, de representación internacional...
  • Las ambulancias y otros coches destinados al transporte de enfermos.
  • Vehículos especiales para personas de movilidad reducida. 
  • Vehículos públicos con más de 9 plazas destinados al transporte de personas. 
  • Tractores, remolques, semirremolques y otros vehículos especiales destinados a la inspección agraria.
  • Vehículos de colección o matriculados como históricos. 

Existen de la misma manera ciertas bonificaciones que pueden reducir hasta en un 80% el precio original del impuesto. Estas reducciones dependen del carburante que consuma el vehículo o de la antigüedad: los coches de más de 25 años pueden disfrutar de un descuento del 80%. De todas formas, varían dependiendo de la localidad en la que se pague el impuesto, por lo que es importante consultar las normativas de cada ayuntamiento.

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