¿Te pueden multar por circular en bici sin las manos en el manillar? La DGT responde

Esta situación se la preguntan algunos ciclistas que sueltan ambas manos cuando saludan a otro en una carretera de España o simplemente lo hacen para estirar su espalda.

Un ciclista que circula sin las manos en el manillar.
Un ciclista que circula sin las manos en el manillar.
LiZhongfei
Un ciclista que circula sin las manos en el manillar.

El uso de la bici en España se ha incrementado de forma considerable en los últimos años, sobre todo en las ciudades, gracias al aumento de carriles bici y a las medidas que apuestan por este medio de transporte. 

Por tanto, cuando circulamos en bici por ciudad o por una vía interurbana, es preciso conocer que es obligatorio respetar la normativa de tráfico de la Dirección General de Tráfico para hacerlo de forma segura. Por otra parte, es preciso indicar que en caso de circular soltando ambas manos del manillar del vehículo, el Código de Tráfico y Seguridad establece la acción como una posible infracción.

¿Qué dice la Ley de Tráfico sobre esta infracción?

Aunque, esta acción no se encuentra recogida como tal en el Reglamento General de Circulación. El artículo 3 del RGC especifica que “se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario (artículo 9.2 del texto articulado)”. 

Por tanto, un agente de tráfico puede entender que soltando amabas manos del manillar se vulnera este artículo y se considere que es una infracción grave, por lo que la sanción será de un mínimo de 200 euros.

¿Cuándo es el obligatorio el casco en bici?

Un ciclista se abrocha su casco antes de comenzar a pedalear.
Un ciclista se abrocha su casco antes de comenzar a pedalear.
Getty Images/Image Source

El Reglamento General de Circulación especifica en su artículo 118 que “los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones médicas que se acreditarán conforme establece el artículo 119.3, o en condiciones extremas de calor”. 

Por otra parte, en el caso de los menores de 16 años, el uso de este elemento de protección será obligatorio en todos los casos, es decir, aunque circulen por vías urbanas, ya que así lo estipula el Reglamente General de Conducción.

¿Cuánto es la multa por ir sin casco?

Si no usamos el casco en situaciones donde la ley lo exige, nos expondremos a una multa por parte de la Dirección General de Tráfico que puede llegar hasta los 200 euros. Sin embargo, tendremos la opción de obtener un descuento por pagar de manera rápida

Además, aunque en ciertas áreas como las ciudades no sea obligatorio usar el casco mientras circulamos en bicicleta, es altamente recomendable hacerlo, ya que reduce significativamente el riesgo de lesiones en la cabeza en caso de accidente

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