Las personas extranjeras que se matriculen en un curso de Formación Profesional en España obtendrán un permiso de residencia temporal

Varios estudiantes del Centro Público Integrado de Formación Profesional (CPIFP) 'Corona de Aragón', a 4 de octubre de 2021, en Zaragoza, Aragón, (España).
Varios estudiantes del Centro Público Integrado de Formación Profesional (CPIFP) 'Corona de Aragón', a 4 de octubre de 2021, en Zaragoza, Aragón, (España).
Fabián Simón / Europa Press
Varios estudiantes del Centro Público Integrado de Formación Profesional (CPIFP) 'Corona de Aragón', a 4 de octubre de 2021, en Zaragoza, Aragón, (España).

Las personas extranjeras en situación administrativa irregular que lleven dos años en España y se matriculen en un curso de Formación Profesional (FP) podrán optar a una residencia temporal, según consta en el borrador del nuevo decreto de ordenación de esta vía educativa en el que trabaja el Ministerio de Educación

El documento, que marca los requisitos que deberán cumplir los centros a raíz de la entrada en vigor de la nueva ley, está siendo negociado actualmente con la comunidad educativa con el objetivo de que se apruebe en Consejo de Ministros este mes de mayo, para que empiece a implantarse desde el próximo curso 2023-2024.

"La formación profesional se abre también a la población extranjera", detallan desde el departamento dirigido por Pilar Alegría. De este modo, las ofertas de FP "darán opción a la autorización de residencia temporal", siempre y cuando lleven dos años en el país y cumplan los requisitos propios para acceder a la formación que elijan (manejo del idioma, habilidades concretas y relacionadas con los estudios, etc.). 

Concretamente, el borrador del proyecto de real decreto de la Ordenación de Formación Profesional al que ha tenido acceso 20minutos establece que "todos los ciudadanos de países no pertenecientes a la Unión Europea (UE) que, hallándose en España, hayan permanecido de forma continuada durante dos años, obtendrán autorización para la matriculación y realización de una formación de los grados del sistema de formación profesional". 

El permiso quedará supeditado al tiempo que dure la formación en cuestión, y, si cuando finalice se ha conseguido un contrato laboral, podrá optarse por un permiso de residencia, siguiendo los cauces habituales. "La ley de FP contempla todos los colectivos, incluidos aquellos en riesgo de exclusión social, los que se encuentran con más condicionantes para llegar a la empleabilidad, los militares... y también ha querido fijarse en la población inmigrante en situación irregular", destacan fuentes del Ministerio de Educación.

Esta medida, que, según recalcan las mismas fuentes, viene a "concretar" lo que ya establece la ley de extranjería, va enfocada a aquella población extranjera que quizás requiere de una cualificación determinada para poder acceder a un empleo. "Tendrá ese permiso durante el periodo de formación, pero no tienen por qué ser ciclos formativos, que son los más amplios", detallan las mismas fuentes, que recuerdan el "abanico de ofertas" que contempla la nueva ley y que permite cursar formaciones de distintas duraciones. 

Arraigo para la formación

Se hará, según detalla el documento, en virtud de la última reforma del Reglamento de Extranjería aprobada en julio, la cual creó una nueva figura de "arraigo para la formación", que se añade al laboral, social y familiar. Esta figura permite que los extranjeros que se encuentren en una situación administrativa irregular, obtengan una autorización de residencia de 12 meses si acreditan que han vivido de forma permanente en el país durante, al menos, dos años y no tienen ningún antecedente penal en los últimos cinco años. 

Pero para optar por ese permiso, las personas extranjeras deberán comprometerse a realizar una formación para el empleo, a obtener un certificado de profesionalidad o una formación para obtener la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional. Además, tendrán que haberse matriculado, como máximo, a los tres meses de haber recibido la concesión de dicha autorización de residencia, que podrá ser prorrogada solo una vez, y por un periodo de 12 meses en aquellos casos en los que el curso supere el año o su duración exceda la vigencia de la primera autorización. 

Cuando finalice la formación, y si en ese plazo de tiempo han conseguido un contrato de trabajo que garantice "al menos" el salario mínimo, la persona interesada podrá solicitar a la Oficina de Extranjería una ampliación de dos años más en los que estaría habilitado para trabajar. 

Internacionalización de la FP 

La internacionalización de los centros de FP es, precisamente, uno de los pilares de la nueva ley, que pretende llegar, ya no solo a toda la población (y no únicamente a los jóvenes), sino también al talento de otros países.

Contempla, por ejemplo, la posibilidad de cursar en España una doble titulación internacional que integre el currículo español y el de un  segundo país. Además, allana el terreno en el sistema de acreditación y convalidación de estudios extranjeros en formación profesional, y permite, por primera vez, que la población extranjera pueda acreditar sus competencias profesionales (su experiencia laboral), algo que hasta ahora se limitaba solo a los nacionales.

Elena Omedes
Redactora '20minutos'

Como redactora de Sociedad, sigo de cerca las informaciones de Igualdad, Educación, Sanidad y Derechos Sociales en la sección de Nacional de 20minutos desde 2021. Antes, me curtí durante dos años en la sección de Última Hora y Cierre. Me crié en Barcelona, pasé por Teruel, aunque Madrid es mi casa desde 2013, donde me gradué en Periodismo en la Complutense. Algo melómana y muy feminista, también cuento las historias de quienes tienen menos voz.

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