Cuidado con la casilla de las criptomonedas en la Declaración de la Renta: la multa a la que te enfrentas si no las declaras

Esta nueva casilla supone un cambio administrativo
Esta nueva casilla supone un cambio administrativo
©[Roger Brown] via Pexels.com.
Esta nueva casilla supone un cambio administrativo

Este martes 11 de abril arranca la campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio económico de 2022. A partir de hoy, y hasta el 30 de junio, los contribuyentes que tengan la obligación de presentar la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) podrán hacerlo a través de Internet en la sede de la Agencia Tributaria. Mientras tanto, las personas que deseen realizar esta gestión por teléfono podrán hacerlo desde el 5 de mayo, siempre con cita previa, que se podrá solicitar a partir del próximo 3 de mayo.

Es el momento de realizar los trámites con Hacienda, y este año, vuelven la casillas 'Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales' y 'tipo de elemento' que están dedicadas a las criptomonedas. 

¿Quién debe rellenar estas casillas?

Como mencionamos en 20Bits el año pasado, deben rellenarlas todos aquellos contribuyentes que hayan realizado operaciones de compra y venta de criptomonedas, sabiendo que tributarán por el resultado obtenido de estas operaciones.

Es importante recordar que el simple hecho de comprar una criptomoneda no implica que deba declararse este movimiento en la renta ni en ningún otro impuesto a fecha actual. La obligación de declarar en este caso concreto es cuando existe una variación patrimonial, es decir, cuando se intercambian criptomonedas (que se consideran permutas).

¿Qué pasa si no se declaran las criptomonedas?

En el ordenamiento jurídico español no existe ninguna figura que regule directamente las monedas virtuales, sino que se rigen por el tratamiento normal de las ganancias y pérdidas patrimoniales, como se mencionó en 20minutos.

Solo lo tendrán que hacer aquellos que hayan vendido alguna de estas divisas, independientemente de si se han obtenido ganancias o pérdidas en el proceso. De no hacerlo, según el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero del año 2021, la sanción por la deuda tributaria puede alcanzar hasta el 150%. Por ejemplo, si una persona ha ganado 3.000 euros en criptomonedas y no las declara, la sanción podría alcanzar los 900 euros dependiendo de sus circunstancias personales.

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