¿Cuáles son las excepciones para el uso obligatorio de las mascarillas a partir de este jueves?

El Gobierno de España ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden que regula las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla mientras dura le crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus.

En líneas generales, desde este jueves será obligatorio el uso de mascarillas en personas de seis años en adelante en la vía pública y en espacios cerrados, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

Pero como en toda norma, hay excepciones. De esta forma, no estarán obligadas a su uso aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla y a aquellas cuyo uso se encuentre contraindicado por motivos de salud o discapacidad.


Asimismo, su uso no será exigible en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas, así como en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.